DIARIO OFICIAL. AÑO LXVII. N. 21632. 4, MARZO, 1931. PÁG. 15.
DECRETO 404 DE 1931
(febrero 27)
POR EL CUAL SE REDUCEN LAS ASIGNACIONES DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS, FIJADAS EN EL DECRETO NUMERO 2215 DE 1930 Y REFORMATORIOS DE ESTE
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. A partir del primero de marzo próximo se rebajan las asignaciones del Ministerio de Correos y Telégrafos, fijadas en el Decreto número 2215 de 1930 y reformatorios de éste, en la siguiente forma:
Mensuales.
El sueldo del Ministro se reduce en | $ | 80 |
El sueldo del Secretario se reduce en | 20 | |
Los sueldos de $ 300 cada, uno, en | 40 | |
Los sueldos, de $ 201 a $ 299 cada uno, en | 15 | |
Los sueldos de $ 101 a $ 200 cada uno, en | 7 | |
Los sueldos de $ 80 a $ 100 cada uno, en | 5 | |
Los sueldos de $ 60 a $ 79 cada, uno, en | 4 | |
Los sueldos de $ 55 a $ 59 cada uno, en | 3 | |
Los. sueldos menores .de $ 55 cada uno, en | 2 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de febrero de 1931.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El. Ministro de Correos y Telégrafos,
Tulio Enrique TASCON