Lectura de documento:

Curso SUIN-Juriscol


Inscripciones abiertas

Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad

Inscripciones abiertas

Curso Calidad Normativa


Inscripciones abiertas
DECRETO3832008200802 script var date = new Date(12/02/2008); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLIII. N. 46900. 12, FEBRERO, 2008. PAG. 1.MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESpor medio del cual se promulga el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Reino de España para la Promoción Recíproca de Inversiones”, firmado en Bogotá el treinta uno (31) de marzo de dos mil cinco 2005.VigentefalsefalseRelaciones ExterioresfalsefalseDECRETO ORDINARIO12/02/200812/02/20084690011

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIII. N. 46900. 12, FEBRERO, 2008. PAG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 383 DE 2008

(febrero 12)

por medio del cual se promulga el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Reino de España para la Promoción Recíproca de Inversiones”, firmado en Bogotá el treinta uno (31) de marzo de dos mil cinco 2005.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le otorga el artículo 189 numeral 2 de la Constitución Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7º de 1944, y 

CONSIDERANDO: 

  

Que la Ley 7ª del 30 de noviembre de 1944, en su artículo 1º dispone que los Tratados, Convenios, Convenciones, Acuerdos, Arreglos u otros actos internacionales aprobados por el Congreso, no se considerarán vigentes como leyes internas, mientras no hayan sido perfeccionados por el Gobierno en su carácter de tales, mediante el canje de ratificaciones o el depósito de los instrumentos de ratificación, u otra formalidad equivalente; 

  

Que la misma ley en su artículo 2º ordena la promulgación de los tratados y convenios internacionales una vez sea perfeccionado el vínculo internacional que ligue a Colombia; 

  

Que el Congreso Nacional, mediante la Ley 1069 del 31 de julio de 2006, publicada en el Diario Oficial número 46.346 del 31 de julio de 2006, aprobó el "Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Reino de España para la Promoción Recíproca de Inversiones", firmado en Bogotá el treinta uno (31) de marzo de dos mil cinco (2005); 

  

Que la Corte Constitucional en Sentencia C-309 del 3 de mayo de 2007, declaró exequible la ley y el "Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Reino de España para la Promoción Recíproca de Inversiones", firmado en Bogotá el treinta uno (31) de marzo de dos mil cinco (2005); 

  

Que mediante Nota OAJ.CAT número 33891 del 24 de julio de 2007, el Gobierno Nacional informó el cumplimiento de los requisitos constitucionales para la entrada en vigor del citado Acuerdo, y en el mismo sentido lo hizo el Reino de España mediante la Nota Verbal número 003/06 del 11 enero de 2006. 

  

En consecuencia, el citado instrumento internacional entró en vigor el 22 de septiembre de 2007, de acuerdo a lo previsto en su artículo 13, 

  

DECRETA: 


Artículo 1º. Promúlgase el "Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Reino de España para la Promoción Recíproca de Inversiones", firmado en Bogotá el treinta uno (31) de marzo de dos mil cinco (2005); 

  

(Para ser trascrito en este lugar, se adjunta fotocopia del texto del "Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Reino de España para la promoción Recíproca de Inversiones", firmado en Bogotá el treinta uno (31) de marzo de dos mil cinco (2005). 

  

  


Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 12 de febrero de 2008. 

  

ÁLVARO URIBE VÉLEZ 

  

El Ministro de Relaciones Exteriores, 

  

Fernando Araújo Perdomo.