DECRETO3671908190803 script var date = new Date(30/03/1908); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLIV. N. 13239. 3, ABRIL, 1908. PÁG. 1.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se reforma el marcado con el número 298 de 1908VigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO03/04/190803/04/1908132393211

DIARIO OFICIAL. AÑO XLIV. N. 13239. 3, ABRIL, 1908. PÁG. 1.

DECRETO 367 DE 1908

(marzo 30)

Por el cual se reforma el marcado con el número 298 de 1908

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia. 

  

En uso de sus facultades legales, 

  

decreta: 

  


Artículo 1°. Suprímese en el Círculo de Bucaramanga, Distrito Judicial de Santander, el Juzgado 4° de dicho Circuito. 

  


Artículo 2°. En el Círculo de Zapatoca, Distrito Judicial de Galán, continuará funcionando el Juzgado 2° de ese Circuito, que había sido suprimido por el Decreto número 298 expresado. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, á 30 de Marzo de190 

  

R.REYES 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

m. VARGAS