DECRETO3521931193102 script var date = new Date(20/02/1931); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXVII. N. 21640. 13, MARZO, 1931. PÁG. 4.MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALPor el cual se distribuye una partidaVigentefalsefalseEducación NacionalfalseDECRETO ORDINARIO13/03/193113/02/1931216405324

DIARIO OFICIAL. AÑO LXVII. N. 21640. 13, MARZO, 1931. PÁG. 4.

DECRETO 352 DE 1931

(febrero 20)

Por el cual se distribuye una partida

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Distribúyese la suma de doce mil quinientos setenta y seis pesos ($ 12,576), votada en el artículo 349 del capítulo 54 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, de la siguiente manera: 

  

Territorio Escolar del Chocó. 

Parágrafo 1° Del Director de instrucción Pública de la Intendencia, a $ 120 mensuales, en el año$ 1,440
Parágrafo 2° Del Inspector Escolar de la Misión, a $ 48 mensuales, en el año576
Parágrafo 3° Hasta de diez escuelas dependientes de la Misión, a $ 40 mensuales cada una, en el año$ 4,800
Parágrafo 4° Hasta de diez escuelas, dependientes de la Misión, a $ 32 mensuales cada una, en el año3,840
Parágrafo 5° Hasta de cuatro escuelas dependientes de la Prefectura Apostólica Provincial de Urabá, a $ 40 mensuales cada una, en el año1,920
Total$ 12,576

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 20 de febrero de 1931. 

  

ENRIQUE OLAYA HERRERA 

  

El Ministro de Educación Nacional, Abel CARBONELL.