DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIII. N. 23456. 16, ABRIL, 1903. PÁG. 4.
DECRETO 346 DE 1937
(febrero 11)
Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 29 de enero último, concedió al
Ministerio de Hacienda y Crédito Público la autorización correspondiente para efectuar unos traslados en el Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Comercio,
DECRETA:
Artículo único. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y COMERCIO
CAPITULO 63
Departamento de Ganadería.
Del artículo 464. Para compra de laboratorios e instrumentos de cirugía para los Veterinarios e Inspectores de Sanidad
Pecuaria | $ | 5,000.00 | |
Al artículo 464 bis. Para compra de drogas e implementosde uso veterinario | 5,000.00 | ||
Sumas iguales | $ | 5,000.00 | 5,000.00 |
Comuníquese.
Dado en Bogotá a 11 de febrero de 1937.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Gonzalo RESTREPO
El Ministro de Agricultura y Comercio,
Manuel José VARGAS