DIARIO OFICIAL. AÑO XLIV. N. 13235. 30, MARZO, 1908. PÁG. 1.
DECRETO 336 DE 1908
(marzo 23)
Sobre reorganización del Servicio Consular
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1°. Desde el 1° de Julio próximo serán servidos ad honorem los Consulados de la República en Madrid, Barcelona, Santander, Ciudad Bolívar, Nueva Orleáns, Guayaquil, México, Puerto Limón, Managua, Manaos y Cherburgo.
Artículo 2°. Desde la misma fecha será ciento cincuenta pesos ($ 150) por mes el sueldo fijo del Cónsul en Trinidad, y de cien pesos ($ 100) el del Cónsul en Tulcán.
Comuníquese y publíquese,
Dado en Bogotá, á 23 de marzo de 1908
R. REYES
El Ministro de Relaciones Exteriores
FRANCISCO JOSE URRUTIA