DECRETO3361908190803 script var date = new Date(23/03/1908); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLIV. N. 13235. 30, MARZO, 1908. PÁG. 1.MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESSobre reorganización del Servicio ConsularVigentefalsefalseRelaciones ExterioresfalseDECRETO ORDINARIO30/03/190830/03/1908132353051

DIARIO OFICIAL. AÑO XLIV. N. 13235. 30, MARZO, 1908. PÁG. 1.

DECRETO 336 DE 1908

(marzo 23)

Sobre reorganización del Servicio Consular

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Desde el 1° de Julio próximo serán servidos ad honorem los Consulados de la República en Madrid, Barcelona, Santander, Ciudad Bolívar, Nueva Orleáns, Guayaquil, México, Puerto Limón, Managua, Manaos y Cherburgo. 

  


Artículo 2°. Desde la misma fecha será ciento cincuenta pesos ($ 150) por mes el sueldo fijo del Cónsul en Trinidad, y de cien pesos ($ 100) el del Cónsul en Tulcán. 

  

Comuníquese y publíquese, 

  

Dado en Bogotá, á 23 de marzo de 1908 

  

R. REYES 

  

El Ministro de Relaciones Exteriores 

  

FRANCISCO JOSE URRUTIA