DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIII. N. 23531. 17, JULIO, 1937. PÁG. 1.
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DECRETO 333 DE 1937
(febrero 09)
Por el cual se reglamenta el uniforme de los miembros del Ejército
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º. Para el uso del uniforme, se entenderá por:
a) Tropas a pie: infantería, zapadores, pontoneros y aviación
b) Tropas montadas: caballería, artillería, transmisiones y tren.
Artículo 2º. Como distintivo de las diferentes armas y servicios del Ejército, se adoptan los siguientes colores:
a) Rojo vivo para la Infantería.
b) Amarillo cromo para la Caballería.
c) Negro brillante para la Artillería (terciopelo para los Oficiales y paño para la tropa).
d) Azul de Prusia para los Ingenieros.
e) Azul celeste para la Aviación.
f) Verde .claro para el Tren.
g) Cereza para Sanidad y Veterinaria (terciopelo para Oficiales y paño para la tropa).
h) Gris plomo para la administración (Intendencia),
Artículo 3º. El uniforme que debe usar el personal del Ejército es el siguiente.
PARA OFICIALES:
a) De sociedad:
b) de diario, y
c) De campaña.
El primero será de paño azul oscuro; el segundo, de paño color verde oliva y el tercero, de dril verde oliva.
Artículo 4º. Cubrecabezas:
a) Gorra de sociedad. De paño azul oscuro, con faja y vivos del color del distintivo del arma (para la artillería vivos rojos) recta, de115 centímetros de alto en el frente, hornada con alumbre; visera ligeramente inclinada, de 5,5 centímetros de ancho, de cuero charolado negro.
Llevará la cucarda nacional sobre la faja, al frente, en el centro, de 2,5 centímetros, de metal dorado; el círculo, rojo del centro, será de paño. En la parte superior de la gorra irá un cóndor con las alas extendidas, de 27 milímetros de largo cada ala, bordado de hilo de plata.
La gorra de los Generales llevará la cucarda dentro de una corona de laurel, de metal dorado mate; y el cóndor será bordado con hilo del mismo color.
b) Gorra de diario. De paño verde oliva. Alta adelante y caída atrás. La altura de la gorra en su parte delantera, midiendo del vivo inferior de la gorra al vivo superior del plato, será de 118 milímetros.
Plato: Ovalado, de dos y medio centímetros más largo que ancho; los diámetros son, más o menos, 7 centímetros más grandes que el número de la cabeza.
Cascos: Cuatro cascos iguales de largos, unidos entre sí por costuras verticales. Las costuras deben tener las siguientes alturas: la delantera, 72 milímetros; la de atrás, 55 milímetros, y las de los costados, 5 centímetros. Los cascos ascienden oblicuamente hacia el plato y se aseguran a un aro de acero de cinco milímetros de ancho y tres diezmilímetros de grueso, cosido fijamente al borde del plato, formando así un borde ligeramente encurvado y flexible. Los cascos delanteros en la costura del frente, se sostienen por medio de un resorte inoxidable; además los dos cascos delanteros llevan, para su consistencia, una doble capa de percalina engomada y una capa de algodón. Los cascos de atrás llevan una capa de algodón de tres centímetros de alto, cosida al borde del plato, con el objeto de evitar la formación de arrugas.
Banda: Con faja del mismo paño y color del resto de la gorra, de cuatro y medio centímetros de alto. La costura de unión va a continuación de la de los cascos de atrás.
Vivos: De acuerdo con el distintivo del arma, repartidos así: uno alrededor del borde inferior; otro alrededor borde superior la banda, y el otro alrededor del borde de plato. Después del vivo inferior de la banda, queda un margen aborlonado de tres milímetro.
Forro: Entre el forro y el plato va una entretela de percalina engomada. El forro, en el centro del plato, lleva una placa de cellophan transparente; la parte delantera en punta, y la de atrás, que llega hasta la altura del tafilete, redondeada; la punta va pespunteada en forma tal que puede introducirse una tarjeta de dos centímetros. Entre el tafilete y el cartón de la banda, en la parte de adelante, va una tira de corcho de tres centímetros de ancho y de dos a tres milímetros de grueso.
Visera: la visera es de cuero charolado negro, ligeramente inclinada, de cinco y medio centímetros de ancho.
Carrillera: Cordón compuesto de dos partes de tejido de hilo de metal plateado. En cada uno de los extremos va una argolla de tres centímetros de largo y del mismo tejido; delante de cada argolla va un nudo corredizo del mismo tejido, para alargar y acortar la carrilera; a un centímetro del borde inferior, dos botones plateados de un diámetro de trece milímetros. El cordón de los Generales es hilo de metal dorado; los botones, de metal dorado.
Cucarda: De metal, con los colorea nacionales; el círculo rojo en el centro, de paño. La cucarda va colocada en la prolongación de la costura frontal de los cascos, en el centro de la banda. La gorra de loa Generales lleva la cucarda dentro de una corona de palmas de laurel, de metal dorado mate.
Cóndor: Las alas extendidas, de veintisiete milímetros cada una, bordado sobre paño verde oliva, con hilo de metal plateado. El cóndor va colocado sobre la costura frontal de los cascos, de manera que queden completamente en el centro. La gorra de los Generales lleva e1 cóndor bordado con hilo de metal dorado.
La gorra debe colocarse de tal manera que cubra la parte trasera de la cabeza.
c) Casco de campaña. De corcho forrado con tela verde oliva, tipo colonial, con protección en la nuca, según diseño.
d) Gorro de servicio. De paño o dril verde oliva. Sin visera. Altura del gorro, medida hasta la costura de unión con el plato, adelante y atrás, nueve centímetros y medio; en los contactos, once centímetros.
El gorro está hecho con dos cascos y tapas laterales de igual tamaño. Las tapas tienen adelante cinco centímetros de altura y atrás siete y medio. El plato alargado y terminado en punta, con costura en el centro; debe tener, para la cabeza de cincuenta y siete centímetros, un largo de veintiséis centímetros y medio y un ancho de seis centímetros en el centro. Las tapas laterales llevan a lo largo del borde superior un vivo de paño del color distintivo del arma.
En el centro de la costura frontal de las tapas, llevará una cucarda con los colores nacionales. El gorro se pone ligeramente ladeado hacia el derecho, de tal manera que el borde inferior quede un centímetro sobre la oreja derecha y unos tres centímetros sobre la izquierda. Visto de frente, el borde inferior del gorro queda n un centímetro sobre la ceja derecha, La cucarda queda Sobre la línea de en medio de la cara.
Artículo 5º. Guerrera. De paño azul oscuro, los faldones abiertos atrás, y carteras simuladas de diez y ocho centímetros, con tres botones cada una; va cerrada al frente por una hilera de siete botones del mismo tamaño. El cuello es recto, cerrado al frente, de paño del color del distintivo del arma o servicio (con vivos rojos pava la Artillería); lleva a cada lado, en el frente, el escudo nacional, de metal dorado, a medio centímetro del cierre. La botamanga es recta, de paño del color del distintivo del arma o servicio, con dos bolones grandes en oí centro; en cada hombro lleva aditamentos para afianzar las presillas. Los Generales llevan a cada lado del cuello, en la parte delantera, una palma de laurel de hilo dorado mate, de siete centímetros de largo; y alrededor do la botamanga, un galón dorado mate dentado, de uno y medio centímetros de ancho. La guerrera para la Aviación y la Sanidad se usa abierta en el frente, según el corte descrito más adelante para la blusa verde oliva. Sin bolsillos. El cuello y las botamangas son de paño del color del distintivo del arma.
Artículo 6º. Blusa. De paño verde oliva, con cuello vuelto del mismo paño. Altura del cuello adelante, más o menos dos y medio centímetros, y atrás, cuatro y medio centímetros. La vuelta adelante, más o menos cinco centímetro; ancho atrás, más o menos cuarenta y siete milímetros; el cierre se hace con dos broches de metal. El cuello lleva un ribete del color del distintivo del arma, de dos milímetros de ancho. Los Generales llevan en el cuello, adelante, a lado y lado, una pequeña palma de laurel bordada con hilo dorado mate, sobre chapeta de paño rojo, de siete centímetros de largo, colocada paralelamente a los bordes del cuello, a medio centímetro de ellos. La blusa es ligeramente entallada; cerrada al frente y con abotonadura exterior de siete botones; cuatro bolsillos: los del pecho, de catorce centímetros; los de los faldones, de veinte centímetros, y asegurados con botones pequeños. Las botamangas son rectas de vuelta de trece centímetros. En la parte de atrás, de lo cintura hacia abajo, lleva una abertura que permite el ensanche del vuelo de los faldones. Para los Oficiales de Aviación y de los servicios religiosos, de Sanidad y administración, la blusa será abierta y con solapas. La abotonadura delantera será de tres botones pavonados en lugar de siete. Con esta blusa se usa camisa de color verde oliva y corbata negra, lisa.
Artículo 7°. Blusa. (De campaña). De dril de mejor calidad que el de la tropa, pero en el mismo tono; el corle es el mismo del de la blusa de paño, pero los bolsillos serán de carteras: con esta blusa no se usan vivos; la abotonadura y las estrellas son pavonadas.
Artículo 8º. Camisa militar. Do color verde oliva, con dos bolsillos de cartera en la parte superior, cerrados por un botón pequeño de tagua de color verde oliva. En cada hombro lleva la camisa un botón pequeño de esa misma clase para afianzar las presillas.
Artículo 9º. Pantalones:
a) Largos: De paño azul y de paño verde oliva. Los de los Oficiales inferiores llevan vivos; los de los Oficiales superiores, franjas de tres centímetros de ancho; los vivos y franjas son del color distintivo del arma; los Oficiales de Artillería usan en el pantalón azul vivos o franjas rojos. Los pantalones de los Generales tienen a lado y lado del vivo, a tres milímetros de distancia, doble franja roja del mismo ancho prescrito para los Oficiales superiores. Los pantalones largos se usan siempre con trabilla de cuero negro, cosida al pantalón en el lado interior y afianzado en el lado exterior por medio de dos pequeñas hebillas de metal blanco.
b) De montar: De paño azul y de paño verde oliva, estilo breeches. Los pantalones azules con vivos en los colores distintivos de las armas. (Rojo en la Artillería) para todos los Oficiales. Los pantalones verde oliva no llevan vivos.
Artículo 10. Calzado:
1) Botas de cuero negro charolado, enterizas.
2) Botas de amarrar de cuero negro, forma guayo, lisas, impermeables. Largo de la caña, medido desde el borde superior del tacón a la borda superior de la caña, de treinta y nueve a cuarenta y dos centímetros, más o menos. Lleva siete ojetes en cada lado, a dos centímetros de distancia; cordones negros, El cierre en la parte superior de la caña se efectúa por medio de una tapa, a la cual van adheridas cuatro correas. En el otro lado de la caña van las cuatro hebillas correspondientes, negros, de metal.
3) Zapatos lisos de cuero negro, con resortes.
Artículo 12. Capote:
a) De paño, amplio, un poco entallado, color verde oliva, con solapas abiertas, pero de modo que puedan cerrarse totalmente en caso de lluvia o frío. Llevará al frente doble abotonadura, de seis botones grandes dé metal pavonado. Atrás, del talle hacia abajo, dos carteras simuladas, de tres puntas de veinticuatro centímetros de largo y seis de ancho, con tres botones grandes en cada una y cerrados arriba por una pretina y un botón grande.
Las faldas van cerradas atrás con botones invisibles, que permitan abrirlas para montar a caballo. Bolsillos exteriores con tapa, botamangas rectas, de quince centímetros de largo. El bolsillo izquierdo lleva en su interior una abertura para permitir la introducción de la mano, sin necesidad de levantar la falda; esta abertura lleva una pequeña tapa, para poderla abotonar a voluntad, sin que quede visible al exterior. Las presillas y el cuello van forrados en paño del color del distintivo del arma.
b) De tela encauchada verde oliva, en estilo trinchera, sin colores, distintivos de arma.
Artículo 13. Capa. De color gris plomo, amplia, con cuello de paño azul marino, de diez centímetros de ancho, cerrado al frente por medio de un broche, y forrado con paño color distintivo del arma. En la parte delantera de la capa van cinco botones dorados pequeños; por dentro, un bolsillo en el lado izquierdo. Las vueltas o vistas, forradas con seda gris. Los grados se marcan en las puntas del cuello, así: Generales, el distintivo del grado en forma horizontal; Oficiales superiores, con la faja de paño, de cinco centímetros de largo y uno de ancho, colocada horizontalmente; Capitanes, con las estrellas agrupadas en triángulo; Tenientes, con las estrellas en situación horizontal.
La capa sólo se usará fuera de las formaciones con tropa.
Artículo 14. Presillas:
a) De hilo de metal: 1) Para los Oficiales inferiores son de cuatro galones, de medio centímetro de ancho, de hilo de plata, colocados paralelamente; llevan ojal para afianzarlas a un botón pequeño por medio de una tira do paño del distintivo del arma. Los grados se marcan, según el caso, con una, dos o tres estrellas plateadas, de cinco puntas, de dos y medio centímetros de diámetro, Van forradas con paño del color distintivo del arma.
2) Para los Oficiales superiores son de trenzado, de tres cordones, de cinco milímetros de grueso; es de plata el del centro y de oro los de los lados.
Los grados se marcan, según el caso, con una, dos o tres estrellas plateadas, de igual forma y dimensión de los anteriores.
3) Para Oficiales Generales, de la misma forma que la de los Oficiales superiores, pero íntegramente de hilo de oro, con dos bastones de mando, cruzados, y de seis y medio centímetros de largo, de metal plateado.
b) De paño verde oliva, con alma de catolicón, de iguales dimensiones a las de hilo de metal, lisas y forradas con paño del color distintivo del arma. Aseguradas a la blusa en forma de hombreras.
1) Los grados de Oficiales inferiores se señalan con estrellas, como en las presillas de hilo metálico.
2) Los de Oficiales superiores tienen, además, una faja o barra transversal, en el centro de la presilla, de paño del color del distintivo del arma; estrellas como se señaló para las de hilo metálico, así: Mayores, una estrella sobre la franja, en el centro de la presilla; Tenientes Coroneles, una estrella, a cada lado de la franja; Coroneles, tres estrellas, la del centro sobré la franja.
3) Las de los Generales llevan los dos bastones descritos anteriormente.
Artículo 15. Cinturones. Son dos: de sociedad y campaña. El de sociedad, de hilo de plata, con los colores nacionales, de cinco centímetros de ancho, forrado de paño azul, con chapa de metal dorado, sobre la cual va el escudo nacional en relieve, rodeado de una corona de laurel.
Del cinturón de los Generales pende una faja lateral izquierda, de veinticinco centímetros de largo, del misino ancho del cinturón. Con dos borlas de canelón dorado, en los extremos. El de campaña es de cuero rojo oscuro (modelo universal), de seis centímetros de ancho, con una correa que va terciada sobre el hombro derecho, por debajo de la hombrera derecha; las hebillas de las correas, mosquetones, etc, son de metal pavonado; la hebilla central es rectangular, con las esquinas redondas.
Artículo 16. Bandolera, Banda pata terciar, dando la vuelta a la espalda, sobre el hombro izquierdo; del mismo ancho y materiales que el cinturón de sociedad. Para sujetar sus extremos, que van hacia la cadera derecha, lleva una cartuchera de charol negro, de un alto de ocho centímetros y un ancho de doce, la cual tiene encima de la tapa, de metal dorado el escudo nacional. La bandolera se hebillera hacia el centro de las espaldas y únicamente se usa por los Oficiales de las tropas montadas.
Artículo 17. Corión para Oficiales de Estado Mayor. De hilo de plata en forma de trenza, con cordones cuyos extremos tienen puntas simulando lapiceros; se asegura sobre el hombro derecho, por debajo de la presilla, y en el primer botón de la guerrera; las puntas pendientes al frente. Este cordón sólo pueden usarlo los Oficiales diplomados de Estado Mayor. Los Generales usan cordón de doble trenza de hilo de oro mate.
Artículo 18. Cordón pava Ayudantes. Tejido de hilo de metal plateado, más o menos de ochenta y dos centímetros de largo en total; en cada uno de los extremos lleva una argolla delgada, de dos y medio centímetros de largo; el tejido se compone de cincuenta y ocho cadenetas y tiene de largo más o monos setenta y dos centímetros; el ancho del tejido en los extremos es, mes o menos, de diez y nueve milímetros, y en el centro de veinticuatro o veinticinco milímetros. Para asegurar el cordón, se coloca debajo de las presillas un pequeño botón de cuerno, al cual van asegurados los dos extremos del cordón, de manera que cuelga de debajo de la axila derecha. En los dos extremos lleva el cordón unos nudos corredizos del misino tejido, y de uno de ellos salen dos cordones delgados; uno de ocho y medio centímetros y el otro de once centímetros y medio de largo; en cada uno de los extremos va un lapicero simulado, de metal plateado, de seis centímetros y medio de largo.
Artículo 19. Botones de dos clases: dorados, y pavonados de color verde oliva, en dos tamaños; de Veinticinco y quince milímetros de diámetro; de forma ligeramente convexa, con el escudo nacional en relieve.
Artículo 20. Daga de Oficial:
a) Hoja de acero flexible: en uno de sus lados lleva la inscripción, Ejército de Colombia, y en el otro el escudo de Colombia.
b) Empuñadura. De cuerno blanco, con cordón de metal dorado mate, dándole seis vueltas en forma de espiral; en la parte superior tiene un botón dorado mate con corona de laurel.
c) Crucero de metal dorado mate; en la unión con la empuñadura, lleva un aro de metal dorado, adornado con laureles; en el centro, sobresaliendo hacia abajo, el escudo nacional.
d) Vaina de cuero negro; en el borde superior y un poco abajo de éste, guarniciones de metal dorado mate, a la cuales van adheridas las argollas de las cadenas; en él extremo inferior lleva la Vaina una contera de metal dorado mate.
c) Tiros compuestos de dos cadenas de metal dorado mate, unidas al final por un mosquetón.
í) Medidas: largo total, cuarenta y cuatro centímetros; largo de la Vaina, 31,3 centímetros; largo- del crucero, ocho y medio centímetros.
Artículo 21. Dragona para daga dé Oficiales: La dragona se compone de un cordón redondo, un mango, un pasador y una borla.
El cordón redondo es de tejido de aluminio. Midiendo el cordón en doble, debe tener un largo de veintidós y medio centímetros y un ancho de tres y medio milímetros.
El mango es redondo. Tiene 2,8 centímetros de largo, y, en su parte más gruesa, un anchó de 1,4 Centímetros. El mango lleva los colores nacionales tejidos con seda.
El pasador es redondo. Tiene un centímetro de largo y un ancho de 1,1 centímetro, y es de tejido de aluminio.
La borla es redonda. Tiene un largo de 4,1 centímetros y una ancha de 2,8 centímetros. Está compuesta de cordones de aluminio, de tres centímetros de largo y dos milímetros de ancho. El cordón que remata la parte superior de la borla, tiene un ancho l/2 milímetros.
El peso de la dragona es, más o menos, de veinticinco gramos.
Artículo 22. Cinturón porta daga. De cuero rojo oscuro o de tejido rojo, de algodón, de dos y medio centímetros de ancho. En la parte correspondiente a la cadena izquierda lleva el cinturón una argolla de metal dorado para sujetar el mosquitero del tiro.
Artículo 23. Espolines. De metal blanco, brillante, sin espiga, terminados en botón o esfera. Los Oficiales de Aviación no usarán espolines.
Artículo 24. Espuelas. Del mismo metal de los espolines, con espiga ligeramente curva, rodajas de punta y correas charoladas negras o dé cuero opaco, según las botas que se usen. Los Oficiales de Aviación no usan espuelas sino cuando montan a caballo.
Artículo 25. Los Oficiales pilotos y los Oficiales observadores de Aviación usan el siguiente distintivo en el lado izquierdo del pecho:
Pilotos; un escudo nacional, de colores esmaltados, entre dos alas de metal dorado, con una longitud total de ocho centímetros.
Observadores: el misino escudo, pero con una sola ala, colocada en el lado izquierdo del escudo.
PARA ALUMNOS DE LA ESCUELA MILITAR:
Artículo 26. Cubrecabezas:
Gorra de sociedad. De Corte análogo al de la gorra azul de los Oficiales, pero de paño verde oscuro, con vivos y fajas rojas, sin cóndor.
Gorro de servicio. Igual al descrito para Oficiales (artículo 4o, pero sin cucarda.
Cascos;
a) De gala. Estilo prusiano, negro charolado, con el escudo nacional, proporcionado al frente, de metal dorado mate; la escarapela nacional va en el lado derecho; visera inclinada, redonda; cúspide o punta de metal amarillo; carrillera de cuero charolado negro, con hebillas doradas a los lados. Penacho de crin, blanco.
b) De campaña. Igual al prescrito para Oficiales en el artículo 4°
Artículo 27. Guerrera. De corte análogo a la de los Oficiales, pero de paño verde oscuro, hombreras de paño rojo con el monograma E.M. bordada con seda negra. Cuello y botamangas de paño rojo.
Artículo 28. Pantalones. De color azul celeste, con vivos rojos. En ciertos Casos, pantalones de dril blanco, fino.
Artículo 29. Uniforme de diario. De paño Verde oliva. Corle igual al prescrito para Oficiales, pero la blusa lleva abotonadura interior y hombreras de paño rojo con el monograma E. M. bordado con seda negra.
Artículo 30. Uniforme de campaña. De dril verde oliva, del. Mismo corte y confección determinado para los Oficiales, pero la blusa no tiene botamangas.
Artículo 31. Capote. Como el prescrito para Oficiales, pero de una sobre abotonadura, dorada, para usarlo cerrado, de paño gris plomo, hombreras de paño rojo con el monograma E. M. bordado en seda negra.
Articulo 33.Cinturones. De cuero charolado blanco, do cinco centímetros de ancho, con chapa rectangular, de metal dorado, con el escudo nacional de esmalte blanco, superpuesto en el centro. De cuero charolado negro, de iguales dimensiones e igual chapa del anterior.
Artículo 34. Cinturones porta daga de Oficial. Los mismos descritos anteriormente, con argolla de metal dorado en el lado izquierdo, para enganchar el mosquetón.
Artículo 35. Daga de Cadete. Con guarnición dorada, vaina de cuero negro y puntilla o contera de metal dorado.
Artículo 36. Calzado. Botines lisos, de resorte, de cuero negro; y botas altas de amarrar, iguales a las prescritas para Oficiales.
Artículo 37. Los Alféreces y los Brigadieres Mayores usan daga de Oficial, con la respectiva dragona. Además de las prendas enumeradas en los artículos anteriores, corresponde a los alumnos de la Escuela Militar el equipo completo del soldado.
Artículo 38. Los Oficiales de Planta de la Escuela Militar usan, como uniformes de sociedad número 1 y número 2, el uniforme de la Escuela Militar.
PARA TROPA:
Artículo 39. El uniforme para la tropa es de dril verde oliva, así;
a) De sociedad; y
b) De campaña.
Artículo 40. Cubrecabezas:
a) Gorro de servicio. Igual al descrito para Oficiales, con las variaciones hechas para alumnos de la Escuela Militar.
b) Casco de campaña. Igual al ordenado para Oficiales.
Artículo 41. Blusa. (De sociedad y campaña). De dril verde oliva. de corle análogo al de las prescritas para Oficiales, sin botamangas.
Artículo 42. Pantalones:
a) De sociedad. De dril verde oliva, largos.
b) De campaña. De dril verde oliva, estilo breeches, para las tropas montadas; para las tropas a pie, pantalón para bota de Infantería, amplio en la rodilla.
Artículo 45. Calzado:
De sociedad:
Botines de amarrar, de cuero negro, lisos.
De campaña:
a) Tropas a píe. Botas de amarrar. De cuero negro. Largo de la caña, medido desde el borde superior del tacón al borde superior de la caña, 34 centímetros. Lleva siete ojetes en cada lado, a dos centímetros de distancia. El cierre en la parte superior de la caña se efectúa por medio de una tapa, a la cual van adheridas tres correas, con un intervalo de ocho centímetros. En el lado opuesto de la caña van las tres hebillas correspondientes, negras, de metal.
b) Tropas montadas. Botas de amarrar iguales a las anteriores, con la diferencia de que el largo de la caña aumenta de cinco a ocho centímetros, según el tamaño de la pierna, y do que llevan cuatro correas y cuatro hebillas en vez de tres.
Artículo 47. Poncho. De tela de color verde oliva, impermeable. Consiste en un cuadrilátero de dos metros cuarenta centímetros de largo, más o menos, por uno con cuarenta y cinco de ancho; cuello Amplio, vuelto, de once centímetros, con una abertura de veinticinco centímetros de largo, reforzada hacia los hombros con la misma tela y cerrada al frente por una corredera metálica. A cada lado de la parte delantera, interiormente, a la altura del talle, lleva una oreja de pretina que pasa por entre un orificio a la parle exterior de la falda posterior, a fin de cerrar por detrás ambas orejas (dos botones en la oreja izquierda y dos ojales en la derecha), a modo de cinturón. Las dos faldas del poncho van cerradas por medio de cuatro bolones pequeños y cuatro ojales (orillas laterales), de manera que quede arriba, a cada lado, una abertura de treinta y cinco centímetros de extensión, para sacar los brazos. Además lleva esta prenda una capucha asegurada atrás por cuatro botones pequeños: dos al pie del cuello y uno en cada hombro.
Artículo 48. Los Sargentos primeros y viceprimeros llevan por encima de la guerrera o del capote, espada o sable (según el arma) con dragona de cuero rojo oscuro.
Artículo 49. Los Músicos llevan en el uniforme de sociedad hombreras grandes de paño rojo con galones de lana amarilla, en posición vertical y equidistante unos de otros.
Los Cornetas, Trompetas y Tambores usan en este mismo uniforme las mismas hombreras, pero con galones blancos de lana. El Músico Mayor y el Tambor Mayor llevan galones de hilo do oro el primero y de hilo de Plata el segundo, con rapacejo o fleco de la misma clase.
Artículo 50. Distintivos de grado. Serán los siguientes:
Sargento primero: Tres jinetas de paño del color distintivo del arma, en forma de ángulo agudo, de cinco centímetros de largo y medio centímetro de ancho: van cosidas sobre un fondo del mismo paño de la guerrera o blusa, en forma de triángulo agudo, de ocho y medio centímetros de altura y quince de base. Se colocan sobre las mangas, diez centímetros abajo del hombro, de modo que los vértices do las jinetas queden hacia arriba.
Sargento Segundo: Dos jinetas iguales a las anteriores y colocadas en forma analógica.
Cabo primero. Una jineta igual a la anterior, colocada en la misma forma.
Cabo segundo: Un círculo de paño del color distintivo del arma, de dos y medio centímetros de diámetro colocado en el centro del triángulo descrito.
Artículo 51. Los uniformes para los Mecánicos del arma de Aviación y Observadores de aerología, son los siguientes:
a) Mecánicos: Uniforme de sociedad. De paño color verde oliva, blusa abierta con tres botones, de dos bolsillos superiores y dos bolsillos laterales camisa verde oliva con corbata del mismo color. Pantalón largo, de paño color verde oliva. Zapatos negros de civil. Gorra floja, del mismo color del uniforme, con visera negra.
Uniforme de Servicio. De dril azul oscuro, compuesto de camisa con dos bolsillos, manga largo y cuello abierto, pantalón largo de la misma tela y color, con cinco bolsillos: dos adelante, dos atrás y uno pequeño para el reloj. Gorro de servicio del mismo color. Zapatos negros con tacón de caucho. Cinturón negro.
b) Observadores de aerología: Uniformes de sociedad y de servicio, iguales a los de los Mecánicos.
c) Insignias. Los mecánicos jefes llevan en el brazo izquierdo el distintivo correspondiente a su grado y la insignia, según modelos que dará la Dirección General cíe Aviación.
Los Mecánicos primeros y segundos llevan en el brazo izquierdo el distintivo y la insignia correspondiente, según modelos que dará la Dirección General de Aviación.
Los Observadores do aerología llevan en el brazo izquierdo una cucarda con los colores nacionales, entre dos barras planas de metal blanco con la inscripción Servicio Aerológico, y de una longitud total de seis centímetros.
PARA BATALLÓN GUARDIA DE HONOR
Artículo 52. El personal de tropa perteneciente al Batallón Guardia de Honor, usara uniforme azul, y uniforme de campaña, del mismo corte de los oficiales, pero de calidad inferior y con las siguientes diferencias:
a) Gorra. La gorra, con las medidas prescritas para la tropa; no lleva el cóndor.
b) Casco de gala. El mismo prescrito para los cadetes de la escuela Militar, pero sin penacho.
c) Guerrera. Con hombreras de paño de color rojo, con el monograma G. H. bordado de seda negra.
d) Pantalón largo. Azul, con vivos rojos.
e) Guantes. Blancos, de hilo, para el servicio de guardia.
Artículo 53. Los Oficiales pertenecientes al Batallón Guardia de Honor usarán los uniformes con divisa roja y el casco sin penacho.
PARA CLIMAS CALIDOS:
Artículo 54. Oficiales
a) De sociedad número 1.
El ordenado en el cuadro número 1, pero de dril blanco satinado, sin franjas ni vivos.
b) de sociedad número 2.
El ordenado en el cuadro número 2, pero de dril blanco satinado, sin franjas, ni vivos ni guantes.
c) De diario número 3.
El ordenado en el cuadro número 3, pero de dril fino, blanco, sin franjas, ni vivos, ni guantes.
d) De campaña.
En todo igual al ordenado en el cuadro número 8
Artículo 55. Tropa:
a) De sociedad.
El ordenado en el cuadro número 7.
b) De campaña.
El ordenado en el cuadro número 8.
INSIGNIAS ESPECIALES
Artículo 56. Condecoraciones. Se entiende por tales las medallas, cruces o placas concedidas oficialmente por Jefes de Estado o por corporaciones científicas o patrióticas, nacionales o extranjeras.
Estos distintivos de méritos o servicios cuando provengan de naciones extranjeras, sólo se podrán usar después de obtenido el permiso de que trata el Artículo 80 de la Constitución Nacional, permiso que deben solicitar los militares por medio tic la Dirección de Personal del Ministerio de Guerra, acompañando e! diplomado credencial del caso para que se haga el registro correspondiente.
Las joyas de las condecoraciones se usan únicamente en el uniforme de sociedad número 1. En los demás uniformes se autoriza el uso permanente de las cintas o botones que correspondan a las condecoraciones cuya aceptación haya sido autorizada.
Artículo 57. Distintivos de servicio:
Desde que cumplan quince años de servicio, usarán los Oficiales de todos los grados una insignia especial, que consiste su una estrella para el uniforme de sociedad número 1, y en una cinta de uno a tres colores para los demás uniformes, en la forma y condiciones que a continuación se expresan:
De los quince a los veinte años de servicio: una estrella de bronce, o una cinta amarilla, según el caso.
De los veinte a los veinticinco años de servicio: una estrella de plata, o una cinta amarilla y azul.
De los veinticinco años de servicio en adelante: una estrella de oro, o una cinta amarilla, azul y rojo (tricolor), de doble dimensión el color amarillo. Tal estrella está formada sobre un círculo de diez y seis milímetros de diámetro, con marco de ocho puntas rebajadas, equidistantes, de siete milímetros, unidas por una base con dentado de cuatro milímetros. Sobre el circulo van los colores nacionales, esmaltados por fajas.
La cinta es de seda acordonada, de siete centímetros de longitud por uno de ancho. Este ancho será igual aunque la cinta tenga los tres colores. Se lleva inmediatamente encima del bolsillo superior izquierdo de la blusa, de modo que su centro quede al frente del ojal respectivo. En el capote, la cinta se coloca sobre la solapa izquierda, pasándola por el segundo ojal a manera de argolla. En los casos que corresponda la cinta bicolor o tricolor, el amarillo va colocado arriba.
Artículo 58. Distintivos de árbitros:
En los grandes ejercicios y maniobras, los Oficiales que presten el servicio de árbitros, así como los Agregados militares extranjeros, usan en la manga izquierda un brazalete de género blanco, de diez centímetros de ancho, a quince centímetros abajo de la costura del hombro.
Artículo 59. Distintivos de sanidad:
En ejercicios de instrucción y en campaña todo el persona! de Sanidad del Ejército y el de las formaciones auxiliares y anexas a él, usan en la manga izquierda un brazalete blanco, de diez centímetros de ancho, con la cruz roja, de nueve centímetros de altura por cuatro centímetros de ancho.
Artículo 60. Distintivos de retiro.
El distintivo de que trata el parágrafo del artículo 3º de la Ley 71 de 1915, consiste en la misma estrella señalada como distintivo por tiempo de servicio (artículo 52), pero colocada a la altura del segundo botón de la guerrera en el costado derecho.
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 61. Capote. El uso de esta prenda en la guarnición es voluntario. Su empleo por las tropas y cuando se trata de formaciones lo determinará el Comandante de Guarnición. Para los ejercicios de instrucción en el terreno y en campaña, su empleo lo dispondrá el Comandante respectivo.
Artículo 62. Distintivo del luto oficial. Consiste en una faja de paño negro de ocho centímetros de ancho, que se usa alrededor de la manga izquierda, quince centímetros abajo de la costura del hombro. Se lleva en la guerrera, blusa y capote.
Artículo 63. La orilla superior del cuello o corbatín, los puños de la camisa y las leontinas o pendientes del reloj, lapiceros, etc., no deben quedar visibles. Fuera de la argolla de matrimonio o de algún anillo de sello, es incorrecto e inadmisible que los miembros del Ejército usen otra clase de joyas.
Artículo 65. Los Generales retirados y aquellos Oficiales en la misma situación a quienes el Gobierno otorga el permiso de que trata el artículo 3º de la Ley 71 de 1915, usan los uniformes correspondientes en los días señalados por la citada disposición legal, con la insignia especial de retiro de que trata este Decreto.
Artículo 66. Es obligatorio el uso del uniforme para todos los miembros del Ejército. Sólo podrán vestirse de civil con permiso del Ministro de Guerra.
Artículo 67. Levita:
Esta prenda solamente se puede usar, individualmente, a voluntad, para asuntos sociales, sin daga. Su adquisición es por cuanta y careo del Oficial.
Artículo 68. De conformidad con los artículos 30 y 31 de la Ley 104 de 1927, los proyectos reglamentarios de uniformes para entidades oficiales o particulares serán presentados, de antemano, al Ministerio do Guerra para su aprobación.
Artículo 70. Se autoriza el uso de las prendas que actualmente tiene el Ejército, hasta el 1o de agosto del corriente año.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 9 de febrero de 1937.
ALFONSO LÓPEZ
Plinio MENDOZA NEIRA, Ministro de Guerra.