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DECRETO3161935193502 script var date = new Date(21/02/1935); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXI. N. 22827. 5, MARZO, 1935. PÁG. 3.MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALPor el cual se deroga el Decreto número 1913 de 1930VigentefalsefalseEducación NacionalfalseDECRETO ORDINARIO05/03/193505/03/1935228275313

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXI. N. 22827. 5, MARZO, 1935. PÁG. 3.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 316 DE 1935

(febrero 21)

Por el cual se deroga el Decreto número 1913 de 1930

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus atribuciones legales, y 

  

considerando: 

  

que el señor Héctor de la Facultad Nacional de Derecho y Ciencias Políticas, en oficio número 145, del 16 del presente mes, dirigido al Ministerio de Educación Nacional, solicita la derogación del Decreto número 1913 de 1930, por el cual se concede a los aspirantes a obtener el título de doctor la no impresión de sus tesis de grado, debido a la crisis económica de la época, crisis que ha desaparecido, 

  

decreta: 

  


Artículo único. Derógase en todas sus partes el Decreto número 1913 de 12 de noviembre de 1930, que reforma transitoriamente el artículo 96 del Decreto 174 de 1927 y las demás disposiciones del reglamento de las Facultades Universitarias oficiales. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 21 de febrero de 1935. 

  

ALFONSO LOPEZ 

  

El Ministro de Educación Nacional, 

  

LuisLOPEZ DE MESA