DECRETO2981958195807 script var date = new Date(19/07/1958); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XCV. N. 29763. 12, SEPTIEMBRE, 1958. PÁG. 4.PRESIDENCIA DE LA REPUBLICAPor el cual se faculta al Ministro de Hacienda y Crédito Público para adicionar un contrato con el Banco de la RepúblicaVigencia en EstudiofalsefalsePlaneaciónfalseContratación estatalfalseDECRETO LEGISLATIVONorma adoptada como Legislación permanente por el art 1 de la Ley 141 de 1961. Norma no vigente porque agotó su objeto.false12/09/195819/07/1958297635244

DIARIO OFICIAL. AÑO XCV. N. 29763. 12, SEPTIEMBRE, 1958. PÁG. 4.

DECRETO 298 DE 1958

(julio 19)

Por el cual se faculta al Ministro de Hacienda y Crédito Público para adicionar un contrato con el Banco de la República

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: DECRETO LEGISLATIVO

La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia, 

  

en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, 

  

DECRETA; 

  


Artículo primero. Autorízase al Ministro de Hacienda y Crédito .Público para suscribir un contrato con él Banco de la República, que adicione en la cantidad de diez millones de pesos ($ 10.000.000.00) el valor de las operaciones de que trata la cláusula primera del contrato verificado con el mismo Banco, de fecha 30 de enero de 1958, aprobado por el Gobierno Nacional según Decreto legislativo número 0037 de 1958 (febrero 21), en desarrollo de las facultades contenidas en el Decreto legislativo número 0008 de 1958 (enero 29). 

  


Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 19 de julio de 1958. 

  

Mayor General GABRIEL PARIS, 

  

Presidente de la Junta. 

  

Mayor General Deogracias Fonseca.-Vicealmirante Rubén Piedrahita Arango:-Brigadier General Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis É. Ordóñez. 

  

El Ministro de Gobierno. Mayor General Pioquinto Rengifo.-El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz de Santamaría.-El Ministro de Justicia, Rodrigo Noguera Laborde.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús María Marulanda.-El Ministro de Guerra. Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya-El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar.-El Ministro del Trabajo, Raimundo Emilianí Román.--El Ministro de Salud Pública. Juan Pablo LlinásA.-El Ministro de Fomento, Harold Eder.-El Ministro de Minas y Petróleos, Julio César Turbar Ayala.-El Ministro de Educación- Nacional,-Alonso Carvajal Peralta.-El Ministró de Comunicaciones Brigadier General Alfonso Ahumada R.-El Ministro de Obras Públicas, Roberto Salazar Gómez.