DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIV. N. 26946, 17, FEBRERO, 1949, PÁG. 20.
DECRETO 293 DE 1949
(febrero 10)
Por el cual se ordena suspender la apertura de los establecimientos de educación en la capital de la República
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Gerente del Acueducto Municipal de Bogotá se ha dirigido al Ministerio de Educación para pedirle el aplazamiento de la apertura de los colegios en la capital, hasta el 15 de marzo próximo, fundado en "la difícil situación que se le ha presentado al Acueducto debido al intenso verano, y que ha determinado una muy considerable reducción de las reservas de agua del embalse de La Regadera, a pesar del racionamiento progresivo que se ha establecido en el servicio de la ciudad, situación que se agravaría aún más con la apertura de los establecimientos de educación en la fecha señalada", pues la época de lluvias no se inicia ordinariamente antes de mediados o fines de marzo;
Que la carencia de agua señalada por el Gerente del Acueducto Municipal de Bogotá planteará en los establecimientos de educación, si éstos comienzan sus tareas el 14 de los corrientes, como estaba ordenado, graves problemas de higiene, que pondrán en peligro no solamente la salud de los educandos y profesores sino la de los habitantes de la ciudad en general,
DECRETA:
Artículo 1º Suspéndese la iniciación de tareas en los establecimientos de educación de la capital hasta el 15 de marzo próximo, y extiendese el período escolar hasta el 15 de diciembre.
Parágrafo. En el caso de que cambien las circunstancias actuales, que han determinado estas medidas, el Gobierno dictará otro decretó sobre el particular.
Artículo 2º El colegio privado de la capital que viole lo dispuesto en el artículo precedente no podrá obtener la aprobación oficial, o si ya la tiene, le será suspendida por el Ministerio de Educación Nacional.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de febrero de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Higiene, Jorge BEJARANO- El Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO Y LOZANO.