DECRETO2481949194902 script var date = new Date(09/02/1949); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIV. N. 26952, 24, FEBRERO 1949, PÁG. 13MINISTERIO DE OBRAS PUBLICASPor el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en el ramo de Edificios Nacionales del Ministerio de Obras PúblicasVigentefalsefalseTransportefalseDECRETO ORDINARIO24/02/194924/02/19492695290113

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIV. N. 26952, 24, FEBRERO 1949, PÁG. 13

DECRETO 248 DE 1949

(febrero 09)

Por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en el ramo de Edificios Nacionales del Ministerio de Obras Públicas

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y en especial de la que le confiere el artículo 11 de la Ley 88 de 1948, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que por falta de apropiación en el Presupuesto del presente año, ha habido necesidad de suspender trabajos en algunas de las construcciones de edificios nacionales que se venían llevando a cabo; y 

  

Que en el Capítulo 117, artículo 2307, del Presupuesto Nacional vigente, se incluyó una partida para atender al servicio de ascensores de los edificios Murillo Toro y Edificio de los Ministerios, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º Suprímense, a partir del 1° de febrero próximo, los siguientes cargos en obras de edificios nacionales que no tienen apropiación en el Presupuesto vigente: 

  

Zona de Edificios Nacionales de Antioquia: 

  

Edificio Nacional de Medellín: 

  

Subalmacenista. 

  

Oficial de Estadística. 

  

Zona de Edificios Nacionales de Boyacá: 

  

Escuela Normal de Tunja: 

  

Ayudante General de Almacén 

  

Zona de Edificios Nacionales del Cauca: 

  

Escuela Normal de Popayán: 

  

Cotizador. 

  

Zona de Edificios Nacionales del Magdalena: 

  

Escuela Normal de Santa Marta: 

  

Mecanógrafa. 

  

Ayudante General de Contabilidad. 

  

Maestro de Obra. 

  

Cotizador. 

  

Hospital de Valledupar: 

  

Escribiente. 

  

Edificio Nacional de Ríohacha: 

  

Ayudante de Contabilidad. 

  

Inspector. 

  

Colegio de Ciénaga: 

  

Subalmacenista. 

  

Maestro de Obra. 

  

Zona de Edificios Nacionales de Nariño: 

  

Cuarteles de Tumaco: 

  

Subalmacenista. 

  

Edificio Nacional de Pasto: 

  

Subalmacenista. 

  

Ayudante General de Contabilidad. 

  

Escuela Normal de Pasto: 

  

Escribiente. 

  

Zona de Edificios Nacionales de Santander: 

  

Colegio Universitario del Socorro: 

  

Ayudante de Almacén. 

  

Escuela Normal de Málaga: 

  

Ayudante de Contabilidad. 

  

Maestro de Obra. 

  

Zona de Edificios Nacionales del Tolima: 

  

Escuela Normal de Ibagué: 

  

Ayudante de Almacén. 

  


Artículo 2º Créanse los siguientes cargos de Ascensoristas, con las asignaciones que en seguida se expresan: 

  

Para el Palacio de Comunicaciones (Edificio Murillo Toro), siete Ascensoristas, a $ 160 cada uno. 

  

Para el Edificio de los Ministerios, dos Ascensoristas, a $ 160 cada uno. 

  


Artículo 3º Créase el cargo de Jefe de Ascensoristas de los edificios Murillo Toro y Edificio de los Ministerios, con sueldo mensual de $ 200. 

  


Artículo 4º Las asignaciones del personal de Ascensoristas creado por los artículos anteriores, se pagarán en el presente año con la partida del Capítulo 117, artículo 2307, del Presupuesto vigente; y en los próximos años, con las sumas que al efecto se apropien en los respectivos Presupuestos. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 9 de febrero de 1949. 

  

MARIANO OSPINA PEREZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL- El Ministro de Obras Públicas. Luis Ignacio ANDRADE.