DIARIO OFICIAL. AÑO XLIV. N. 13223. 14, MARZO, 1908. PÁG. 2.
DECRETO 198 DE 1908
(febrero 20)
Por el cual se adiciona el marcado con el número 97 del presente año
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades constitucionales y legales, y
CONSIDERANDO:
Que las atribuciones señaladas al Inspector general de Instrucción Pública en el Decreto número 97 de 25 de Enero último necesitan un personal idóneo y numeroso,
DECRETA:
Artículo 1.° Las visitas que deba pasar á los establecimientos de educación el Inspector general e Instrucción Pública se harán en los días que se determinen con el Ministro de Instrucción Pública.
Artículo 2.° El Ministro de Instrucción Pública, de acuerdo con el Inspector general del mismo Ramo, dictará un reglamento para dar cumplimiento á todo lo dispuesto en el Decreto número 97 del presente año, y señalará el personal del Ministerio de Instrucción Pública que deba desempeñar las funciones señaladas y hacer las visitas á los diversos establecimientos que no hicieren el Ministro de Instrucción, el Inspector general y el Subsecretario del Ministerio.
Comuníquese y publíquese.
Dada en Bogotá, á 20 de Febrero de 1908.
R. REYES
El Ministro de Instrucción Pública,
j. m. RIVAS GROOT