DECRETO1551908190802 script var date = new Date(08/02/1908); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLIV. N. 13200. 18, FEBRERO, 1908. PÁG. 3.MINISTERIO DE GUERRAPor el cual se dictan varias disposiciones relacionadas con los cruceros Pinzón y CartagenaVigentefalsefalseDefensa NacionalfalseDECRETO ORDINARIO18/02/190818/02/1908132001673

DIARIO OFICIAL. AÑO XLIV. N. 13200. 18, FEBRERO, 1908. PÁG. 3.

DECRETO 155 DE 1908

(febrero 08)

Por el cual se dictan varias disposiciones relacionadas con los cruceros Pinzón y Cartagena

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia,, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1.° El crucero Pinzón, que ha regresado ya de Fort de France completamente reparado, tendrá a bordo una guarnición militar permanente que constará de un Ofioial y un Sargento primero, dos Sargentos segundos, cuatro Cabos de cañón y veinte soldados, la cual reoibirá la oorrespondiente instrucción del Coronel Luis Carlos Morales, encargado del material de artillería de Cartagena, bajo la dependencia, vigilancia y dirección del Teniente A. Asmussen, Inspector de la Flotilla del Gobierno en el Atlántico. 

  


Artículo 2.° Nómbrase Comandante de dicha - guárnición al Capitán Jorge A. Goicoschea,.propuesto por el Coronel Angulo. 

  


Articulo 3.° E1 personal dé empleados del crucero Pinzón, el de su tripulación, etc. etc., será el mismo que hoy tiene. 

  


Artículo 4.° El- sueldo del segundo Comandante de este crucero será igual al del Capitán náutico del mismo barco. 

  

Parágrafo. Esta disposición surtirá efecto desde el primero del presente. 

  


Artículo 5.° Facúltase al Gobernador del Departamento de Bolívar para reemplazar, de acuerdo con el Comandante del crucero Cartagena y del Teniente A. Asmussen, al Capitán náutioo de dicho crucero si el actual no satisface. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, á 8 de Febrero de 1908. 

  

R. REYES 

  

El Ministro de Guerra, 

  

manuel m. SANCLEMENTE