DECRETO1331983198301 script var date = new Date(24/01/1983); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL AÑO CXIX. N. 36189, 9 FEBRERO 1983. PÁG. 3.MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESPor el cual se aclara el Decreto 3644 de 1981VigentefalsefalseRelaciones ExterioresfalseDECRETO ORDINARIO09/02/198324/01/19833618942913

DIARIO OFICIAL AÑO CXIX. N. 36189, 9 FEBRERO 1983. PÁG. 3.

DECRETO 133 DE 1983

(enero 24)

Por el cual se aclara el Decreto 3644 de 1981

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en ejercicio de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo primero. Aclárase el artículo cuarto del Decreto 3644 de 1981, en el sentido de que el nombre de la cuenta para el manejo de los dineros destinados a sufragar los gastos derivados de las reparaciones de los inmuebles y de la reposición de muebles al servicio de la residencia y la Cancillería de la Embajada de Colombia en Washington, es "Embajada de Colombia, Fondo Rotatorio". 

  

La legalización de las erogaciones a que se refiere el inciso anterior se hará ante el Fondo Rotarorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Auditoría Fiscal de acuerdo con las normas que rigen la materia. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo Segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 24 de enero do 1983. 

  

BELISARIO BETANCUR 

  

El Ministro de Relaciones Exteriores, 

  

Rodrigo Lloreda Caicedo. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Edgar Gutiérrez Castro.