DIARIO OFICIAL AÑO CXIX. N. 36189, 9 FEBRERO 1983. PÁG. 3.
DECRETO 133 DE 1983
(enero 24)
Por el cual se aclara el Decreto 3644 de 1981
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo primero. Aclárase el artículo cuarto del Decreto 3644 de 1981, en el sentido de que el nombre de la cuenta para el manejo de los dineros destinados a sufragar los gastos derivados de las reparaciones de los inmuebles y de la reposición de muebles al servicio de la residencia y la Cancillería de la Embajada de Colombia en Washington, es "Embajada de Colombia, Fondo Rotatorio".
La legalización de las erogaciones a que se refiere el inciso anterior se hará ante el Fondo Rotarorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Auditoría Fiscal de acuerdo con las normas que rigen la materia.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 24 de enero do 1983.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Rodrigo Lloreda Caicedo.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Edgar Gutiérrez Castro.