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DECRETO1281939193901 script var date = new Date(21/01/1939); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXV. N. 23980. 25, ENERO, 1939. PÁG. 13.MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALPor el cual se distribuyen unas partidasVigentefalsefalseEducación NacionalfalseDECRETO ORDINARIO25/01/193925/01/19392398031713

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXV. N. 23980. 25, ENERO, 1939. PÁG. 13.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 128 DE 1939

(enero 21)

Por el cual se distribuyen unas partidas

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

En uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


ARTICULO 1º. La partida votada en el artículo 333, capítulo 57, de la Ley de Apropiaciones vigente, para atender a la función educativa en el territorio escolar del Amazonas, se distribuye así: 

Mensual.En el año.
Sueldo del Subinspector General del territorio en 12 meses

$100.00 

1.200.00 

Sueldo del Director de la escuela de varones de Leticia, en 12 meses

200.00 

2.400.00 

Sueldo de la Directora de la escuela de niñas de Leticia, en 11 meses, de febrero a diciembre, inclusive

  

70.00 

  

770.00 

Sueldo de la Directora de la escuela de párvulos de Leticia, en 11 meses, de febrero a diciembre inclusive

  

55.45 

  

609.95 

Sueldo del Director de la escuela de varones de La Chorrera, en 10 meses, de marzo a diciembre inclusive

  

70.00 

  

700.00 

Sueldo de 8 Directores de escuela, a $ 70-00, mensuales cada uno, en 12 meses

560.00 

6.720.00 

Total$12.499.95

ARTICULO 2º. La Prtida votada en el artículo 339, capítulo 57 de la Ley de Apropiaciones vigente, para atender a la función educativa en el territorio escolar de La Goajira y Sierra Nevada, se distribuye así: 

SueldosMensual.En el año.
Del Inspector escolar, en 12 meses.$70.00840.00
De 8 Directores de Orfelinatos, a $ 40-00 mensuales cada uno, en 12 meses

320.00 

3.840.00 

De 8 Profesores de Orfelinatos, a $40.00 mensuales cada uno, en 12 meses

320.00 

3.840.00 

De 2 Profesores de escuela complementaria anexa al Orfelinato de San Antonio, a $ 40.00 mensuales cada uno, en 12 meses

  

80.00 

  

960.00 

De 16 Directores de escuelas primarias, a $ 40.00 mensuales cada uno, en 12 meses

640.00 

7.680.00 

Gastos varios
Para útiles y mobiliario escolar en 12 meses, a $ 55,00 mensuales

55.00 

660.00 

Para alimentación, vestidos, drogas y demás gastos de los alumnos de los ocho Orfelinatos y para reparaciones y construcciones de éstos, en 12 meses, a $ 180.00 mensuales para cada Orfelinato

  

  

1.440.00 

  

  

17.280.00 

Total$35.100.00

ARTICULO 3º. La partida votada en el artículo 340, capítulo 57 de la Ley de apropiaciones vigente, para atender a la función educativa en el territorio escolar de San Andrés y Providencia, de distribuye así: 

Mensual.En el año.
Sueldo del Subinspetor, en 12 meses$70.00840.00
Sueldo del Director del colegio de varones de San Andrés, en 12 meses

90.00 

1.080.00 

Sueldo del Subdirector del mismo colegio, en 12 meses

60.00 

720.00 

Sueldo de la Directora de la escuela de Sound Bay, en 12 meses

61.00 

732.00 

Sueldo de la Directora de la escuela infantil de San Andrés, en 12 meses

50.00 

600.00 

Sueldo de la Directora de la escuela infantil de San Luis, en 12 meses

50.00 

600.00 

Sueldo de la Directora del colegio de niñas de Providencia, en 12 meses

85.00 

1.020.00 

Sueldo de la Subdirectora de este mismo colegio en 12 meses

60.00 

720.00 

Sueldo de la Profesora de este mismo colegio, en 12 meses

55.00 

660.00 

Total$6.972.00

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 21 de enero de 1939. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Educación Nacional, 

  

Alfonso ARAUJO