DIARIO OFICIAL. AÑO LXVII. N. 21605. 31, ENERO, 1931. PÁG. 6.
DECRETO 122 DE 1931
(enero 22)
Por el cual se hace un traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
1° Que el señor Contralor General de la República, con fecha 8 del mes en curso, solicitó del honorable Consejo de Ministros, la autorización de que trata el artículo 17 de la Ley 34de 1923, para efectuar algunos traslados entre apropiaciones de ese Departamento Administrativo, pertenecientes al mismo capítulo 68, del Presupuesto de 1931.
2° Que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del 9 de los corrientes, aprobó la siguiente proposición:
"El Consejo de Ministros, teniendo en cuenta que la solicitud hecha por el señor Contralor General de 1a República para trasladar las partidas de $ 28,000, del artículo 525 al 521, del Presupuesto vigente, y la partida de $ 7,488,del artículo 522 al citado artículo 521, reúne las condiciones legales, le imparte la aprobación correspondiente. Por el Ministerio de Hacienda se elaborará el correspondiente decreto,"
DECRETA:
Artículo único. Hácense los siguientes traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso:
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE CONTRALORIA.
CAPITULO 68
Personal y material.
Del artículo 522 al artículo 521 | $ | 7,433 |
Del artículo 525 al artículo 521 | 28,000 |
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a- 22 de enero de 1931.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PEREZ