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DECRETO1121939193901 script var date = new Date(19/01/1939); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXV. N. 23977. 21, ENERO, 1939. PÁG. 07.MINISTERIO DE GUERRAPor el cual se determina un sobresueldo al personal del ramo de Guerra que preste sus servicios en la guarnición de El Zulia, Corregimiento del Municipio de CúcutaVigentefalsefalseDefensa NacionalfalseDECRETO ORDINARIO21/01/193921/01/1939239772477

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXV. N. 23977. 21, ENERO, 1939. PÁG. 07.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 112 DE 1939

(enero 19)

Por el cual se determina un sobresueldo al personal del ramo de Guerra que preste sus servicios en la guarnición de El Zulia, Corregimiento del Municipio de Cúcuta

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

En uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


ARTICULO 1º. A partir del 1º de enero del presente año, fijase el quince por ciento (15 por 100) de sobresueldo para cada Oficial, individuo de tropa, o empleado que tenga remuneración mensual fijada por Decreto Ejecutivo y que preste sus servicios en la guarnición de "El Zulia," Corregimiento del Municipio de Cúcuta. 

  


ARTICULO 2º. El Sobresueldo de que trata el presente Decreto se reconocerá únicamente cuando la permanencia del personal en la región determinada no sea inferior a treinta (30) días. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 19 de enero de 1939. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Guerra, 

  

José Joaquín CASTRO M.