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DECRETO1011908190801 script var date = new Date(27/01/1908); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLIV. N. 13219. 10. MARZO. 1908. PÁG. 1.MINISTERIO DE HACIENDA Y TESOROPor el cual se traslada una partida en el Presupuesto de Gastos de 1907VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO10/03/190810/03/1908132192411

DIARIO OFICIAL. AÑO XLIV. N. 13219. 10. MARZO. 1908. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 101 DE 1908

(enero 27)

Por el cual se traslada una partida en el Presupuesto de Gastos de 1907

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidentedala República de Colombia, 

  

En uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA : 

  


Artículo único. Trasládase en el Presupuesto de Gastos del año económico de 1907 la cantidad de $42,732-76 del artículo 25, capítulo 7.°, á las siguientes imputaciones: 

  

MINISTERIO DE GOBIERNO 

  

DEPARTAMENTO DE POLTICA INTERIOR 

Capítulo 8.°
Gastos varios.
Artículo 26. Para gastos de personal y material de la Imprenta Nacional.$1,732 76
Capitulo 9.°
Artículo 34. Para atender al pago de sueldos pendientes de vigencias anteriores1,000
DEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Capítulo 19.
Gastos varios de justicia.
Artículo 170. Para los gastos que ocasionen los establecimientos de castigo. (Parágrafos 1.° á 8.°)40,000
Suma$42,732 76

Parágrafo. Las oficinas ordenadoras y pagadoras verificarán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto. 

  

Publíquese. 

  

Dado en Bogotá, á 27 de Enero de 1908. 

  

R. REYES 

  

El Ministro de Hacienda y Tesoro, 

  

Tobias VALENZUELA