DECRETO641896189602 script var date = new Date(19/02/1896); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XXXII. N. 9961. 29, FEBRERO, 1896. PÁG. 1.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se delegan ciertas facultades a los GobernadoresVigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO29/02/189629/02/189699612051

DIARIO OFICIAL. AÑO XXXII. N. 9961. 29, FEBRERO, 1896. PÁG. 1.

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

DECRETO 64 DE 1896

(febrero 19)

Por el cual se delegan ciertas facultades a los Gobernadores

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Vicepresidente de la República encargado del Poder Ejecutivo 

  

decreta : 

  


Artículo 1.° Delégese á los Gobernadores de los Departamentos la facultad de nombrar Fiscales de los Tribunales, de los Jusgados superiores y de los Jusgados de Circuito para el período legal que empieza el 1.° de Marzo venidero. 

  

Los nombramientos así de Fiscales principales como suplentes deberán sujetarse á la aprobación del Gobierno. 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]


Artículo 2.° Facúltese á los Gobernadores para introducir en la división territorial existente para efectos electorales, aquellas variaciones que sean necesarias á fin facilitar á los ciudadanos el ejercicio del sufragio, ajustándose en todo caso á las reglas generales establecidas por la Ley 7.ª de 1888, sobre formación de círculos electorales. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Sopó (Departamento de Cundinamarca), á 19 de Febrero de 1896, 

  

M. A. CARO. -El Ministro de Gobierno, Rafael Reyes.