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DECRETO631926192601 script var date = new Date(15/01/1926); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXII. N. 20104. 23, ENERO, 1926. PÁG. 8.MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOSPor el cual se conceden varias franquicias telegráficasVigentefalsefalseTecnologías de la Información y de las ComunicacionesfalseDECRETO ORDINARIO23/01/192623/01/1926201041168

DIARIO OFICIAL. AÑO LXII. N. 20104. 23, ENERO, 1926. PÁG. 8.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 63 DE 1926

(enero 15)

Por el cual se conceden varias franquicias telegráficas

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

decreta: 

  


Artículo único. Concédese franquicia telegráfica hasta por veinte palabras al señor Administrador de la Renta de Licores de la Comisaria de Arauca, y de diez palabras al Jefe del Resguardo y a cada uno de los agentes expendedores municipales, de la misma, únicamente para tratar los asuntos urgentes concernientes a dicha renta. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 15 de enero de 1926. 

  

Por delegación del Excelentísimo señor Presidente de la República, el Ministro de Gobierno, Ramón RODRIGUEZ DIAGO-El Ministro de Correos y Telégrafos. Francisco CARBONELL GONZALEZ.