DIARIO OFICIAL. AÑO LXXV. N. 23971. 14, ENERO, 1939. PÁG. 16.
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DECRETO 50 DE 1939
(enero 12)
Por el cual se restablecen unos cargos, se suspenden otros y se dictan varias disposiciones relacionadas con la Escuela Militar
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 116 de 1938,
DECRETA:
Artículo 1º. De conformidad con el Decreto número 14, de 5 de los corrientes y con imputación al artículo 328, capítulo 57, de la Ley de Apropiaciones vigente, destínase la suma de $ 69,000 para Colonias Escolares en la forma que a continuación se expresa:
| a) Para sueldos del personal docente y de servicio, pensiones alimenticias y material y gastos varios de la Colonia Marítima de Santa Marta |
18.000.00 |
| b) Para auxiliar el sostenimiento de las siguientes Colonias, así:
Colonia Heliodoro Rozo, de Pitalito (Huila)
Colonia de Nazareth, en Medellín
Colonia de La Enea, en Manizales
Colonia de Aguadulce, en Lebrija (Santander)
Colonia Alberto Nieto Cano, en Pacho (Cundinamarca)
Colonia Olaya Herrera, en Bolivar (Antioquia)
Colonia Castro Martinez, en Santa Bárbara
Colonia de Carolina (Antioquia) |
5.000.00
5.000.00
5.000.00
5.000.00
5.000.00
2.000.00
2.000.00
2.000.00 |
| c) Para auxiliar la construcción y dotación de las siguientes Colonias, así:
Colonia de Arcabuco, en Boyaca
Colonia de Coconucos, en el Cauca
Colonia de Jamay, en el Valle |
10.000.00
5.000.00
5.000.00 |
| Total | 69.000.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 12 de enero de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Educación Nacional,
Alfonso ARAUJO