DECRETO411943194301 script var date = new Date(13/01/1943); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXVIII. N. 25158. 20, ENERO, 1943. PÁG. 7.MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIALPor el cual se crea el Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública, y se dictan otras disposicionesVigentefalsefalseTrabajofalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse20/01/194320/01/1943251581677

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVIII. N. 25158. 20, ENERO, 1943. PÁG. 7.

DECRETO 41 DE 1943

(enero 13)

Por el cual se crea el Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública, y se dictan otras disposiciones

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en ejercicio de la facultad concedida por la Ley 36 de 1942. 

  

DECRETA: 

  


Artículo primero. En desarrollo del convenio celebrado entre el Gobierno de Colombia y la Oficina del Coordinador de Asuntos Interamericanos, señor Nelson Rockefeller, y de acuerdo con las facultades otorgadas por la Ley 36 de 1942, créase como una dependencia del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, la Sección "Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública", que gozará de autonomía en lo relacionado con detalles de administración, y cuyo Director será el Representante en Colombia de la Oficina del Coordinador de Asuntos Interamericanos. 

  


Artículo segundo. La Sección "Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública", gozará de los privilegios oficiales .de los demás Departamentos y Secciones del Ministerio de que forma parte. 

  


Artículo tercero. El Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, de acuerdo con el Director del "Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública", podrá contratar la prestación de servicios, la adquisición de materiales y demás elementos necesarios para las campañas sanitarias, en los términos de la Ley 1ª de 1931. 

  


Artículo cuarto. El personal científico del "Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública", será el siguiente: 

  

Un Director. 

  

Un Subdirector. 

  

Un Asesor Técnico en Ingeniería Sanitaria. 

  

Un Experto en Nutrición. 

  

Un Jefe de Sanidad. 

  

Un Médico Visitador. 

  

Un Jefe de Ingeniería Sanitaria. 

  

Un Ingeniero Ayudante. 

  


Artículo quinto. Tanto el Director, como el Subdirector, el Asesor Técnico en Ingeniería Sanitaria, y el Experto en Nutrición, serán pagados directamente por la Oficina del Coordinador de Asuntos Interamericanos, y nombrados por el Gobierno de Colombia de candidatos propuestos por esa Oficina. 

  

El Jefe de Sanidad, el Médico Visitador, el Jefe de Ingeniería Sanitaria y el Ingeniero Ayudante, tendrán, respectivamente, las asignaciones mensuales de $ 400, $ 350, $ 350 y $ 250, que se pagarán de los fondos especiales destinados al servicio que se crea por medio del presente Decreto. 

  


Artículo sexto. El personal administrativo será el siguiente: 

  

Un Jefe de Administración. 

  

Un Contador Pagador. 

  

Un Jefe de Contabilidad. 

  

Los dos primeros serán costeados y pagados por la Oficina del Coordinador, el tercero por el "Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública", y su sueldo fijado por el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, con la aceptación del Director de este servicio. 

  


Artículo séptimo. El Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, obrando de acuerdo con el Director del "Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública", escogerá las zonas en donde se han de desarrollar las campañas sanitarias, y podrá crear los cargos necesarios y aumentar o disminuir las asignaciones respectivas cuando las necesidades del "Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública así lo exijan. 

  


Artículo octavo. Hácense los siguientes nombramientos: 

  

Director, doctor Howar B. Shookhoff. 

  

Subdirector, doctor Walter L. Kline, Jr. 

  

Asesor Técnico de Ingeniería Sanitaria, doctor Lewis A. Young. 

  

Experto en Nutrición, doctor Nicholas Barbella. 

  

Jefe de Sanidad, doctor Alberto Durán Durán. 

  

Médico Visitador, doctor Benjamín Otálora. 

  

Jefe de Ingeniería Santiaria, doctor Hernando Mejía. 

  

Ingeniero Ayudante, doctor Julio Montenegro. 

  

Jefe de Administración, señor Thomas O. Wood. 

  

Contador Pagador, señor J. Donal Earl. 

  

Comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá a 13 de enero de 1943. 

  

ALFONSO LOPEZ 

  

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social, 

  

Arcesio LONDOÑO PALACIO