ACUERDO21999199902 script var date = new Date(02/02/1999); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXXV. N. 43690. 4, SEPTIEMBRE, 1999. PÁG. 11.SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTROPor el cual se modifica el artículo 3° del Acuerdo 001 del 18 de diciembre de 1998 del Consejo SuperiorVigentefalsefalseJusticia y del Derechotrue04/09/199902/02/1999436901111

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXV. N. 43690. 4, SEPTIEMBRE, 1999. PÁG. 11.

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

ACUERDO 2

(febrero 02)

Por el cual se modifica el artículo 3° del Acuerdo 001 del 18 de diciembre de 1998 del Consejo Superior

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

El Consejo Superior de la Carrera Notarialen cumplimiento de lo establecido por el artículo 131 de la Constitución Nacional y 

  

en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los artículos 164 y 165 del Decreto-ley 960 de 1970 y 80 del Decreto 2148 de 1983, 

  

CONSIDERANDO QUE: 

  

Mediante el Decreto 110 de 1999, se modificó la integración del Consejo Superior de la 

  

Carrera Notarial, y es necesario que sus nuevos integrantes dispongan del tiempo suficiente para asumir el estudio de las bases del concurso convocado mediante el Acuerdo 001 del 18 de diciembre de 1998, para proveer notarías, 

  

ACUERDA: 

  


Artículo 1°. Modifícase el artículo 3° del Acuerdo 001 del Consejo Superior encargado de administrar la carrera y los concursos notariales, en el sentido de ampliar el término para divulgar la lista de notarías a proveer, el reglamento y las bases del concurso, hasta el 10 de marzo de 1999.. 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]


Artículo 2°. Para la elaboración del proyecto de las bases del concurso se designará una comisión integrada por: 

  

Un representante del Ministerio de Justicia y del Derecho. 

  

Un representante del Departamento Administrativo de la Función Pública. 

  

Un representante de la Superintendencia de Notariado y Registro. 

  

Un representante de los Notarios. 

  

El proyecto sobre las bases del concurso que elabore la comisión de que trata este artículo, se presentará al Consejo Superior de la Cartera Notarial, quien a más tardar el 10 de marzo de 1999 deberá hacer las modificaciones pertinentes y adoptará el texto definitivo. 

  


Artículo 3°.Vigencia y publicaciones. Este acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y se publicará por una vez en un periódico de circulación nacional, dentro de los cinco días siguientes. 

  

Publíquese y cúmplase 

  

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 2 de febrero de 1999. 

  

El Presidente del Consejo Superior de la Carrera Notarial, 

  

Parmenio Cuéllar Bastidas. 

  

(C.F.)