DIARIO OFICIAL AÑO CLIX No. 52.552, 18 DE OCTUBRE DE 2023. PAG 24.
ACUERDO 98
(julio 04)
en el cual constan las decisiones tomadas en la sesión número 104 del Comité Promoción Fílmica Colombia celebrado el día 4 de julio de 2023.
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El Comité Promoción Fílmica Colombia, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1556 de 2012, modificada por la Ley 1955 de 2019.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 9° de la Ley 1556 de 2012, modificado por el artículo 178 de la Ley 1955 de 2019, establece que las obras audiovisuales no nacionales de cualquier género o formato, producidas o posproducidas en Colombia de manera total o parcial, cuando sean previamente aprobadas por el Comité Promoción Fílmica Colombia, darán derecho a la solicitud de un Certificado de Inversión Audiovisual en Colombia (CINA), descontable del impuesto de renta hasta por un valor equivalente al treinta y cinco por ciento (35%) del valor de la inversión que realicen en Colombia.
Que el artículo 25 del Manual de Asignación de Recursos (el “MAR”), adoptado mediante el Acuerdo del CPFC número 60, establece que los productores que cumplan con los requisitos y procedimientos señalados en el MAR y que postulen al sistema de estímulo tributario, pueden recibir Certificados de Inversión Audiovisual en Colombia (CINA), los cuales acreditan el derecho a un descuento tributario del 35% sobre el valor nominal del certificado.
Que en la sesión del Comité Promoción Fílmica Colombia celebrada el día 4 de julio de 2023 el Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica “Proimágenes Colombia” puso a consideración del CPFC la evaluación preliminar los proyectos “Surreal Life 2”, “Teen Mom 2023” y “Seal Team 2023” y “Dating Naked 2023” que fueron postulados por sus productores al sistema de estímulo tributario CINA.
Que el parágrafo 2° del artículo 37 del Manual de Asignación de recursos, adoptado mediante el Acuerdo del CPFC número 60 establece que, durante la ejecución del proyecto aprobado para recibir Certificados de Inversión Audiovisual (CINA), en el curso del Contrato Filmación Colombia, el productor podrá solicitar una o varias ampliaciones del presupuesto de gasto en el país, hasta por un máximo del veinte por ciento (20%) del valor inicial presentado en pesos colombianos, exponiendo para el efecto el detalle de los gastos adicionales a realizar.
Que la empresa Jenni Rivera Movie LLC empresa productora del proyecto “Jenni”, solicitó al CPFC una ampliación del CINA para el proyecto cuatrocientos setenta y dos millones seiscientos cinco mil pesos (COP $ 472.605.000).
Que de acuerdo con el artículo 6° de la Ley 1556 de 2012, le compete al Comité Promoción Fílmica Colombia, como órgano directivo del Fondo Fílmico Colombia (FFC), entre otras, Aprobar los proyectos de filmación en Colombia y la celebración de los contratos correspondientes entre el administrador y el productor cinematográfico.
Que el artículo 9° de la Ley 1556 de 2012 establece que las empresas productoras de obras audiovisuales, rodadas total o parcialmente dentro del territorio colombiano que celebren los Contratos Filmación Colombia, tendrán una contraprestación equivalente al cuarenta por ciento (40%) del valor de los gastos realizados en el país por concepto de servicios cinematográficos contratados con sociedades colombianas de servicios cinematográficos y al veinte por ciento (20%) del valor de los gastos en hotelería, alimentación y transporte, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas en el manual de asignación de recursos.
Que en la sesión del Comité Promoción Fílmica Colombia del 4 de julio de 2023 el Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica “Proimágenes Colombia”, puso a consideración del CPFC la evaluación preliminar del proyecto “Rosario” que fue postulado por sus productores a la contraprestación con recursos del Fondo Fílmico Colombia prevista en la Ley 1556 de 2012.
Que el parágrafo 2° del artículo 7° del Manual de Asignación de recursos, adoptado mediante el Acuerdo del CPFC número 60 durante la ejecución del proyecto aprobado para recibir una contraprestación del FFC, en el curso del Contrato Filmación Colombia, el productor podrá solicitar una o varias ampliaciones del presupuesto de gasto en el país, hasta por un máximo del veinte por ciento (20%) del valor inicial presentado en pesos colombianos, exponiendo para el efecto el detalle de los gastos adicionales a realizar.
Que la empresa Alix Productions LLC empresa productora del proyecto “Alix”, solicitó al CPFC una ampliación de la contraprestación del FFC para el proyecto de doscientos millones quinientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos noventa pesos (COP $200.558.490).
ACUERDA:
Artículo 1°. Aprobar por unanimidad que el proyecto “Surreal Life 2”, presentado por el productor postulante MTV Networks Latin América INC para que pueda obtener CINA emitidos por el Ministerio de Cultura hasta por la suma de tres mil setecientos setenta y cuatro millones novecientos treinta y ocho mil novecientos quince pesos (COP$3.774.938.915) siempre y cuando cumpla con todos los requisitos establecidos en la Ley 1556 de 2012, el Decreto número 1080 de 2015, el Manual de Asignación de Recursos y el Contrato Filmación Colombia.
Artículo 2°. Aprobar por unanimidad la celebración del Contrato Filmación Colombia entre el Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica y MTV Networks Latin América INC., productor postulante del proyecto “Surreal Life 2”, cuyo cumplimiento se precisa a efectos de obtener la certificación de cumplimiento necesaria, para que el Ministerio de Cultura pueda emitir el CINA como estímulo tributario por la contratación y gasto, en servicios nacionales del proyecto por valor máximo de tres mil setecientos setenta y cuatro millones novecientos treinta y ocho mil novecientos quince pesos (COP$3.774.938.915).
Artículo 3°. Aprobar por mayoría de votos que el proyecto “Seal Team - 2023” presentado por el productor postulante CBS Studios Overseas Productions INC. para que pueda obtener CINA emitidos por el Ministerio de Cultura hasta por la suma de nueve mil novecientos ochenta y un millones novecientos cuarenta y tres mil ochocientos cuarenta y cuatro pesos (COP$ $9.981.943.844) siempre y cuando cumpla con todos los requisitos establecidos en la Ley 1556 de 2012, el Decreto número 1080 de 2015, el Manual de Asignación de Recursos y el Contrato Filmación Colombia.
Aprobaron:
No aprobaron:
Artículo 4°. Aprobar por mayoría de votos la celebración del Contrato Filmación Colombia entre el Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica “Proimágenes Colombia” y CBS Studios Overseas Productions INC. productor postulante del proyecto “Seal Team- 2023” cuyo cumplimiento se precisa a efectos de obtener la certificación de cumplimiento necesaria, para que el Ministerio de Cultura pueda emitir el CINA como estímulo tributario por la contratación y gasto, en servicios nacionales del proyecto por valor máximo de la suma de nueve mil novecientos ochenta y un millones novecientos cuarenta y tres mil ochocientos cuarenta y cuatro pesos (COP$ $9.981.943.844).
Aprobaron:
No aprobaron:
Artículo 5°. Aprobar unanimidad que el proyecto “Teen Mom”, presentado por el productor postulante MTV Networks Latin America INC. para que pueda obtener CINA emitidos por el Ministerio de Cultura hasta por la suma de cinco mil ciento sesenta y un millones novecientos quince mil ochocientos pesos (COP$5.161.915.800) siempre y cuando cumpla con todos los requisitos establecidos en la Ley 1556 de 2012, el Decreto número 1080 de 2015, el Manual de Asignación de Recursos y el Contrato Filmación Colombia.
Artículo 6°. Aprobar por unanimidad la celebración del Contrato Filmación Colombia entre el Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica “Proimágenes Colombia” y MTV Networks Latin America INC. productor postulante del proyecto “Teen Mom” cuyo cumplimiento se precisa a efectos de obtener la certificación de cumplimiento necesaria, para que el Ministerio de Cultura pueda emitir el CINA como estímulo tributario por la contratación y gasto, en servicios nacionales del proyecto por valor máximo de cinco mil ciento sesenta y un millones novecientos quince mil ochocientos pesos $5.161.915.800.
Artículo 7°. Aprobar por mayoría de votos que el proyecto “Dating Naked 2023”, presentado por el productor postulante MTV Networks Latin America INC. para que pueda obtener CINA emitidos por el Ministerio de Cultura hasta por la suma de seis mil novecientos treinta y un millones sesenta mil setenta y ocho pesos (COP $6.931.060.078) siempre y cuando cumpla con todos los requisitos establecidos en la Ley 1556 de 2012, el Decreto número 1080 de 2015, el Manual de Asignación de Recursos y el Contrato Filmación Colombia.
Aprobaron:
No aprobaron:
Artículo 8°. Aprobar por mayoría de votos la celebración del Contrato Filmación Colombia entre el Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica “Proimágenes Colombia” y MTV / Networks Latin America INC., productor postulante del proyecto “Dating Naked 2023” cuyo cumplimiento se precisa a efectos de obtener la certificación de cumplimiento necesaria, para que el Ministerio de Cultura pueda emitir el CINA como estímulo tributario por la contratación y gasto, en servicios nacionales del proyecto por valor máximo de seis mil novecientos treinta y un millones sesenta mil setenta y ocho pesos ($6.931.060.078).
Aprobaron:
No aprobaron:
Artículo 9°. Aprobar por unanimidad la ampliación el valor del CINA del proyecto “Jenni’’. del productor postulante Jenni Rivera Movie LLC, en un valor de cuatrocientos setenta y dos millones seiscientos cinco mil pesos (COP $472.605.000). Por tanto, el proyecto “Jenni” puede tener CINA como estímulo tributario por la contratación y gasto en servicios nacionales del proyecto, por un valor máximo de tres mil doscientos setenta y cuatro millones trescientos noventa y tres mil novecientos sesenta y tres pesos ($3.274.393.963).
Artículo 10. Aprobar por unanimidad la adición del valor del Contrato Filmación Colombia entre el Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica “Proimágenes Colombia” y Jenni Rivera Movie LLC productor del proyecto “Jenni”, en un valor de cuatrocientos setenta y dos millones seiscientos cinco mil pesos (COP $472.605.000).
Artículo 11. Aprobar por unanimidad que el proyecto “Rosario” presentado por el productor postulante Rosario the movie LLC., pueda tener acceso a una contraprestación del Fondo Fílmico Colombia, hasta por la suma de tres mil quinientos millones de pesos (COP$3.500.000.000) siempre y cuando cumpla con todos los requisitos establecidos en la Ley 1556 de 2012, el Decreto número 1080 de 2015, el Manual de Asignación de Recursos y el Contrato Filmación Colombia.
Artículo 12. Aprobar por unanimidad la celebración del Contrato Filmación Colombia entre el Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica “Proimágenes Colombia” y el productor Rosario the movie LLC., postulante del proyecto “Rosario” por valor máximo suma de tres mil quinientos millones de pesos (COP$3.500.000.000).
Artículo 13°. Aprobar por unanimidad la ampliación del valor de la contraprestación del FFC al proyecto “Alix” del productor postulante Alix productions, LLC, en un valor de doscientos millones quinientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos noventa pesos (COP $200.558.490). Por tanto, el proyecto “Alix” puede tener una contraprestación del FFC por la contratación y gasto en servicios nacionales del proyecto, por un valor máximo de dos mil quinientos setenta y cuatro millones setecientos treinta y seis mil ochocientos cincuenta pesos. (COP $2.574.736.850).
Artículo 14. Aprobar por unanimidad la adición del valor del Contrato Filmación Colombia entre el Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica “Proimágenes Colombia” y Alix productions, LLC productor del proyecto “Alix”, en un valor de doscientos millones quinientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos noventa pesos (COP $200.558.490).
Este acuerdo rige a partir del cuatro (4) de julio de dos mil veintitrés (2023).
Publíquese y cúmplase.
El Presidente del Comité Promoción Fílmica Colombia,
Arturo Bravo,
Viceministro de Turismo.
La Secretaria del Comité Promoción Fílmica Colombia,
Silvia Echeverri Botero.