ACTO LEGISLATIVO11931193108 script var date = new Date(05/08/1931); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXVII. N. 21767. 19, AGOSTO, 1931. PÁG. 1.PODER LEGISLATIVOReformatorio de la Constitución (servicio de notariato y registro)No vigentefalsefalseInteriorfalseConstitución política|Notarialfalsefalse19/08/193119/08/1931217674731

DIARIO OFICIAL. AÑO LXVII. N. 21767. 19, AGOSTO, 1931. PÁG. 1.

ACTO LEGISLATIVO 1 DE 1931

(agosto 05)

Reformatorio de la Constitución (servicio de notariato y registro)

ESTADO DE VIGENCIA: No vigente. [Mostrar]

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


Artículo 1°. Compete a la ley la creación y supresión de Círculos de Notaría y de Registro, y la organización y reglamentación del servicio público que prestan los Notarios y Registradores. 

  


Artículo 2°. Queda así reformado el numeral 5º del Artículo 54 del Acto legislativo número 3 de 1910. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Dado en Bogotá a primero de agosto de mil novecientos treinta y uno. 

  

El Presidente del Senado, 

  

ROMÁN GÓMEZ. 

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

JOSÉ CAMACHO CARREÑO. 

  

El Secretario del Senado, 

  

Felipe Lleras Camargo. 

  

El Secretario de la Cámara de Representantes, 

  

Horacio Valencia Arango. 

  

Poder Ejecutivo Bogotá, agosto 5 de 1931. 

  

Publíquese y ejecútese 

  

ENRIQUE OLAYA HERRERA. 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

Agustín MORALES OLAYA.