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RESOLUCION100-0038072009200907 script var date = new Date(24/07/2009); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47423. 27, JULIO, 2009. PÁG. 19.SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADESpor la cual se suprime un grupo de trabajo y se asignan unas funciones a la Oficina JurídicaVigentefalsefalseComercio, Industria y Turismotruefalsefalse27/07/200924/07/2009474231919

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47423. 27, JULIO, 2009. PÁG. 19.

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 100-003807 DE 2009

(julio 24)

por la cual se suprime un grupo de trabajo y se asignan unas funciones a la Oficina Jurídica

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


El Superintendente de Sociedades, 

  

en ejercicio de sus atribuciones legales, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Primero. Que de conformidad con lo establecido en los numerales 13 y 16, artículo 4°, del Decreto 1080 de 1996, corresponde al Superintendente de Sociedades crear, organizar y suprimir grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la Entidad; así como asignar y distribuir las competencias de las distintas de­pendencias administrativas; 

  

Segundo. Que según lo dispone el artículo 115, inciso 2 de la Ley 489 de 1998, los representantes legales podrán crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo; 

  

Tercero. Que de acuerdo con lo señalado en el inciso 3 del precitado artículo, en el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades, así como las demás normas necesarias para su funcionamiento; 

  

Cuarto. Que mediante Resolución número 100-03086 del 3 de julio de 2007, artículo 1°, se conformaron Grupos de Trabajo en la Delegatura para Inspección, Vigilancia y Control, entre los cuales se cuenta el Grupo de Trámite y Decisión de Recursos; estructura que sufrió una modificación mediante Resolución 100-002299 del 1° de junio de 2009, acto que en su artículo 2°, incluyó el Grupo de Trámite y Decisión de Recursos; 

  

Quinto. Que se estima conveniente asignar a la Oficina Jurídica la proyección de recursos y revocatorias relacionados con actos administrativos expedidos por la Delegatura para Inspección, Vigilancia y Control, distintos a los proferidos por el Grupo de Inversión y Deuda Externa, con la finalidad de que a través de esta asignación se propenda por la creación y difusión de la doctrina jurídica derivada del análisis de los casos en particular, que sean objeto de estudio en dicha Delegatura; 

  

Que con mérito en lo anteriormente expuesto, este Despacho, 

  

RESUELVE: 

  


Artículo 1°. Suprimir el Grupo Trámite y Decisión de Recursos, por lo cual la conformación de los Grupos de Trabajo en la Delegatura para Inspección, Vigilancia y Control, quedará así: 

  

1. Sociedades en Trámite Concursal. 

  

2. Protección pensional. 

  

3. Grupos empresariales. 

  

4. Supervisión especial. 

  

5. Gran Empresa. 

  

6. Mipymes. 

  

7. Inversión y deuda externa. 

  


Artículo 2°. Asignar a la Oficina Jurídica las siguientes funciones, que se adicionan a las que actualmente tiene conferidas: 

  

1. Proyectar las decisiones de los recursos y revocatorias de actos administrativos, atinentes a las funciones de los Grupos de Trabajo de la Delegatura para Inspección, Vigilancia y Control, con excepción de los expedidos por el Grupo de Inversión y Deuda Externa y de los de competencia de las Intendencias Regionales. 

  

2. Analizar los antecedentes del caso, aplicando la normatividad y la doctrina vigente para el efecto. 

  

3. Decretar las pruebas necesarias para resolver los recursos o las revocatorias, a su cargo. 

  


Artículo 3°.Vigencias y derogatorias. La presente resolución rige a partir de su expedición, modifica el artículo 1° de la Resolución número 100-03086 de julio 3 de 2007 y el artículo 2° de la Resolución 100002299 de junio 1° de 2009. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Publíquese y cúmplase. 

  

El Superintendente de Sociedades, 

  

HERNANDO RUIZ LÓPEZ. 

  

(C.F.)