RESOLUCION119782012201212 script var date = new Date(11/12/2012); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLVIII. N. 48642. 12, DICIEMBRE, 2012. PAG 8SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTROpor la cual se modifica la Resolución número 9146 de octubre 1° de 2012DEROGADOfalsefalseJusticia y del Derechotruefalsefalse12/12/201211/12/20124864288

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLVIII. N. 48642. 12, DICIEMBRE, 2012. PAG 8

RESOLUCIÓN 11978 DE 2012

(diciembre 11)

por la cual se modifica la Resolución número 9146 de octubre 1° de 2012

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

El Superintendente de Notariado y Registro, 

  

en ejercicio de las facultades establecidas en los artículos 12 numeral 2 y 13 numeral 29 del Decreto número 2163 de 2011, y 

  

CONSIDERANDO QUE: 

  

La Superintendencia de Notariado y Registro expidió la Resolución número 9146 de octubre 1° de 2012, "por la cual se expide la reglamentación del papel de seguridad para las actuaciones notariales, la extensión de las escrituras públicas y la expedición de sus copias, y se dictan otras disposiciones". 

  

La Unión Colegiada del Notariado Colombiano, mediante Oficio número 449P/2012 de noviembre 29 de 2012, manifiesta que en desarrollo de la política de concertación y colaboración, allega sugerencias respecto del uso del papel notarial de seguridad, orientadas a dar claridad a la aplicación del reglamento expedido por la Superintendencia. 

  

Por lo expuesto este Despacho, 

  

RESUELVE

  


Artículo 1°. Modificar los parágrafos 1° y 2° del artículo 5° de la Resolución número 9146 de octubre de 2012, los cuales quedarán así: 

  

"Parágrafo 1°. La expedición de las copias de las escrituras públicas autorizadas en papel tamaño oficio numeradas hasta el día 30 de septiembre de 2012, así como las numeradas a partir del día 1° de octubre de 2012, se expedirán en papel de seguridad color rosado". 

  

"Parágrafo 2°. El papel de seguridad notarial, en sus tres formatos, será utilizado en todos los trámites que se surtan en las notarías". 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2°. Adicionar el artículo 9° de la Resolución número 9146 de 2012, que modifica el artículo 5° de la Resolución número 11439 de 2011, así: 

  

"Las diligencias enunciadas en el artículo 9° de la Resolución número 9146 de 2012, se extenderán en hoja adicional de papel de seguridad notarial cuyo costo está incluido en el de la respectiva diligencia. 

  

Para este fin los documentos privados que tengan espacios en blanco llevarán una nota o sello en tal sentido. Siempre que exista espacio en la hoja adicional de papel de seguridad, en esta deberán incorporarse las diligencias solicitadas, es decir que si queda espacio en la hoja anexa, no se adosará una nueva". 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 3°. Esta resolución modifica la Instrucción Administrativa número 17 de 2012 en lo que le sea contrario. 

  


Artículo 4°. Publíquese la presente resolución en la página www.supernotariado. gov.co y en el Diario Oficial. 

  


Artículo 5°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dada en Bogotá, D. C., a 11 de diciembre de 2012. 

  

El Superintendente de Notariado y Registro, 

  

Jorge Enrique Vélez García

  

(C. F.).