RESOLUCION233122008200807 script var date = new Date(03/07/2008); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47043. 7, JULIO, 2008. PÁG. 15.SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIOpor la cual se adiciona unas disciplinas académicas a los cargos del nivel profesional y técnico en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de la Superintendencia de Industria y Comercio.DEROGADOfalsefalseComercio, Industria y Turismotruefalsefalse07/07/200807/07/2008470431515

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47043. 7, JULIO, 2008. PÁG. 15.

RESOLUCIÓN 23312 DE 2008

(julio 03)

por la cual se adiciona unas disciplinas académicas a los cargos del nivel profesional y técnico en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de la Superintendencia de Industria y Comercio.

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

El Superintendente de Industria y Comercio, 

  

en ejercicio de las facultades conferidas en los Decretos 2153 de 1992 y 2772 de 2005, y 

  

CONSIDERANDO

  

Que teniendo en cuenta el artículo 28 del Decreto 2772 de 2005, la adopción, adición, mo­dificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo respectivo, de acuerdo con el manual general, 

  

RESUELVE: 

  


Artículo 1°. Adicionar a la Resolución 11065 de abril 15 de 2008, por la cual se actualizó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de los diferentes empleos de la planta de personal de la Superintendencia de Industria y Comercio, en los cargos del nivel profesional y nivel técnico las disciplinas académicas que a continuación se relacionan y en las siguientes áreas: 

  

Área de Protección al Consumidor 

  

Diseñador Industrial 

  

Área de Metrología 

  

Ingeniería Física, Ingeniería Biomédica, Licenciatura en Matemáticas, Licenciatura en Física, Licenciatura en Química, Bioingeniería. 

  

Área de Propiedad Industrial 

  

Contaduría Pública 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de su publicación. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dada en Bogotá, D. C., 3 de julio de 2008. 

  

El Superintendente de Industria y Comercio, 

  

GUSTAVO VALBUENA QUIÑONES. 

(C.F.)