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RESOLUCION502012201201 script var date = new Date(10/01/2012); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. CXLVII. N. 48.314. 16, ENERO, 2012. PÁG. 5SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIOpor la cual se autoriza provisionalmente la creación de una especialidad en el Registro Único de ProponentesVigentefalsefalseComercio, Industria y Turismotruefalsefalse16/01/201216/01/20124831455

DIARIO OFICIAL. CXLVII. N. 48.314. 16, ENERO, 2012. PÁG. 5

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 50 DE 2012

(enero 10)

por la cual se autoriza provisionalmente la creación de una especialidad en el Registro Único de Proponentes

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


La Directora (e) de la Dirección de Cámaras de Comercio, 

  

en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el decreto 4886 de 2011 y en el artículo 39 del Decreto 1464 de 2010, 

  

CONSIDERANDO: 

  

Primero. Que el artículo 39 del Decreto 1464 de 2010, establece que el proponente interesado en clasificarse de acuerdo con su experiencia, que no encuentre la especialidad requerida, solicitará a la Superintendencia de Industria y Comercio que autorice la creación provisional de la misma. 

  

Segundo: Que mediante comunicación radicada con el número 11-175140, el señor John Jairo Echavarría Reales, solicitó a la Superintendencia de Industria y Comercio, la inclusión de una especialidad que le permita clasificarse dentro del Registro Único de Proponentes. 

  

Tercero: Que una vez revisado el Decreto 1464 de 2010 se observa que no existe la especialidad requerida para atender la anterior solicitud. 

  

En consecuencia, 

  

En mérito de lo expuesto esta Superintendencia, 

  

RESUELVE: 

  


Artículo 1°. Autorizar la creación provisional de la siguiente especialidad para el registro de consultores: 

  

Especialidad 15. Parques de Diversiones y Atracciones o Dispositivos de Entretenimiento. 

  


Artículo 2°. Comunicar la presente resolución al señor John Jairo Echavarría Reales. 

  


Artículo 3°. Comunicar la presente resolución a todas las cámaras de comercio del país. 

  


Artículo 4°. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. 

  

Publíquese, comuníquese y cúmplase. 

  

Dada en Bogotá, D. C., a 10 de enero de 2012. 

  

La Directora (e) de la Dirección de Cámaras de Comercio 

  

MYRIAM LUCÍA MANCERA SIERRA. 

(C.F.).