Lectura de documento:

Curso SUIN-Juriscol


Inscripciones abiertas

Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad

Inscripciones abiertas

Curso Calidad Normativa


Inscripciones abiertas
RESOLUCION18-05912009200904 script var date = new Date(22/04/2009); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47335. 29, ABRIL, 2009. PÁG. 26.MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIApor la cual se modifica parcialmente la Resolución 18 0468 del 27 de marzo de 2009VigentefalsefalseMinas y Energíatruefalsefalse29/04/200929/04/2009473352626

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47335. 29, ABRIL, 2009. PÁG. 26.

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 18-0591 DE 2009

(abril 22)

por la cual se modifica parcialmente la Resolución 18 0468 del 27 de marzo de 2009

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


El Ministro de Minas y Energía, 

  

en ejercicio de sus facultades otorgadas por la Ley 1151 de 2007, Decreto 4978 de 2007 y Decreto 070 de 2009, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que mediante el artículo 1° de la Resolución 18 0468 del 27 de marzo de 2009, se ordenó un giro a favor de las siguientes empresas: 

 

Que dichas cuentas se encuentran canceladas y las empresas registraron en el Sistema de Información SIIF unas nuevas cuentas. 

  

Con fundamento en las anteriores consideraciones, 

  

RESUELVE: 

  


Artículo 1°. Modifíquense las cuentas bancarias de las empresas; Empresa de Energía de Pereira S.A. ESP y Energía Social de la Costa S.A. ESP, registradas en el parágrafo 2° artículo 1° de la Resolución 18 0468 del 27 de marzo de 2009, así: 

 


Artículo 2°. Las demás dispociones contenidas en la Resolución 18 0468 del 27 de marzo de 2009, permanecen sin modificación alguna. 

  


Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Comuníquese, publíquese y cúmplase. 

  

Dada en Bogotá, D. C., a 22 de abril de 2009. 

  

El Ministro de Minas y Energía, 

  

Hernán Martínez Torres. 

  

(C. F.)