DIARIO OFICIAL. AÑO CXLI. N. 46135. 28, DICIEMBRE, 2005. PÁG. 113.
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RESOLUCIÓN 3116 DE 2005
(diciembre 23)
por la cual se prorroga el término establecido en el artículo 15 de la Resolución 1274 de 2005
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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El Viceministro de Desarrollo Empresarial Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 2 y 28 del Decreto-ley 210 de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 1274 de 2005, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, expidió el Reglamento Técnico para Cinturones de Seguridad que se fabriquen o importen o comercialicen para uso en Vehículos automotores y sus remolques, que circulen en Colombia;
Que con el objeto de garantizar que en su importación y comercialización, los citados bienes cumplan con los requisitos consagrados en el Reglamento Técnico, se hace necesario prorrogar el plazo establecido en el artículo 15 de la Resolución 1274 de 2005;
Que en virtud de lo anterior, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo,
RESUELVE:
Artículo 1°. Prorrogar por tres (3) meses el término establecido en el artículo 15 de la Resolución 1274 de 2005, los cuales se contarán a partir de la fecha de publicación de la presente resolución.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C. a 23 de diciembre de 2005.
El Viceministro de Desarrollo Empresarial encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Carlos Alberto Zarruk Gómez.
(C.F.)