DIARIO OFICIAL. AÑO CXLI. N. 45994. 8, AGOSTO, 2005. PÁG. 7.
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RESOLUCIÓN 1623 DE 2005
(agosto 02)
por medio de la cual se modifica el Anexo 1 de la Resolución 0701 del 30 de julio de 2002
Estado del documento: Derogado.[Mostrar] |
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El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el Decreto 1250 de 1998 y por el Decreto-ley 210 de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución 0701 del 30 de julio de 2002, "por la cual se señalan los requisitos para la expedición de la autorización de transformación o ensamble para autopartes y materias primas contemplada en la Nota Complementaria Nacional en el Capítulo 98 del Arancel de Aduanas", se establecieron los requisitos para la expedición de autorización de transformación o ensamble para autopartes;
Que el 4 de octubre de 2004, la Asociación Colombiana de Autopartistas, Acolfa, envío un documento en la cual expone las razones por las cuales deben ser incluidas 6 subpartidas arancelarias en el Anexo 1 de la Resolución 701 del 30 de julio de 2002;
Que en memorando del 11 de abril de 2005 la Secretaría Técnica informó que en sesiones 134 y 137 del presente año, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, evaluó la solicitud de la referencia y recomendó incluir las subpartidas arancelarias de conjuntos de forros para asientos en el Anexo 1 de la Resolución 701..." ;
Que las Nandinas solicitadas fueron:
Que mediante el Decreto-ley 210 del 3 de febrero del 2003 se determinan los objetivos y la estructura orgánica del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, disponiéndose en el artículo 43 que todas las referencias que hagan las disposiciones legales vigentes al Ministerio de Comercio Exterior y al Ministerio de Desarrollo Económico en los temas de industria, comercio y turismo, se entenderán referidas al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo;
En consideración a lo anterior, el Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
RESUELVE:
Artículo 1°. Adicionar al Anexo 1 de la Resolución 0701 del 30 de julio de 2002, "por la cual se señalan los requisitos para la expedición de la autorización de transformación o ensamble para autopartes y materias primas contemplada en la Nota Complementaria Nacional en el Capítulo 98 del Arancel de Aduanas", las Nandinas que a continuación se señalan:
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 2 de agosto de 2005.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Jorge H. Botero.
(C.F.)