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RESOLUCION1622008200812 script var date = new Date(22/12/2008); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV N. 47214. 26, DICIEMBRE, 2008. PÁG. 47.COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GASpor la cual se prorroga un plazo establecido en la Resolución CREG 134 de 2008VigentefalsefalseMinas y Energíatruefalsefalse26/12/200826/12/2008472144747

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV N. 47214. 26, DICIEMBRE, 2008. PÁG. 47.

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 162 DE 2008

(diciembre 22)

por la cual se prorroga un plazo establecido en la Resolución CREG 134 de 2008

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


La Comisión de Regulación de Energía y Gas, 

  

en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y los Decretos 1524 y 2253 de 1994, 

  

CONSIDERANDO QUE: 

  

La CREG expidió la Resolución CREG 134 de 2008 mediante la cual "se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general, que pretende adoptar la CREG con el fin de determinar los requisitos y condiciones técnicas que deben cumplir los procesos de cogeneración y se regula esta actividad". 

  

En el artículo 2° de la mencionada resolución se invitó a los agentes, a los usuarios, a las Autoridades Locales Municipales y Departamentales competentes y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que remitan sus observaciones o sugerencias sobre la propuesta, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la publicación de la presente resolución en la página web de la Comisión de Regulación de Energía y Gas. 

  

Se ha recibido comunicaciones de interesados, radicadas con los números CREG E-2008-011240 y CREG E-2008-011264, quienes solicitaron un mes adicional de plazo para presentar los comentarios y sus respectivos fundamentos técnicos a la propuesta presentada en la citada resolución. 

  

La Comisión considera conveniente prorrogar el citado plazo, con el propósito de lograr una mayor difusión y discusión de la propuesta y que los agentes puedan enviar sus comentarios y observaciones. 

  

La Comisión, en su Sesión 396, del 22 de diciembre de 2008, aprobó expedir la presente resolución, 

  

RESUELVE: 

  


Artículo 1°. Prorrogar por 30 días calendario el plazo establecido en el artículo 2° de la Resolución CREG - 134 de 2008. 

  


Artículo 2°.Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dada en Bogotá, D. C., a 22 de diciembre de 2008. 

  

El Presidente, 

  

Manuel Maiguashca Olano

  

Viceministro de Minas y Energía, Delegadodel Ministro de Minas y Energía. 

  

El Director Ejecutivo, 

  

Hernán Molina Valencia

(C.F.)