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RESOLUCION622004200408 script var date = new Date(10/08/2004); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXL. N. 45686. 29, SEPTIEMBRE, 2004. PÁG. 8.COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GASpor la cual se corrige un error en la Resolución CREG-021 de 2004VigentefalsefalseMinas y Energíatruefalsefalse29/09/200429/09/20044568688

DIARIO OFICIAL. AÑO CXL. N. 45686. 29, SEPTIEMBRE, 2004. PÁG. 8.

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 62 DE 2004

(agosto 10)

por la cual se corrige un error en la Resolución CREG-021 de 2004

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


La Comisión de Regulación de Energía y Gas, 

  

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y e n desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, mediante la Resolución CREG 021 de 2004, aprobó el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados para el mercado relevante de Gasoriente S. A. ESP, como se indica a continuación: 

  

DepartamentoMunicipios
Santander Bucaramanga, Floridablanca, Girón, Piedecuesta, Lebrija, Sabana de Torres y Puerto Wilches
Bolívar Cantagallo y San Pablo

  

Que mediante Resolución CREG 019 de 2004, al mercado relevante del municipio de Floridablanca, Santander, se le aprobó el Cargo Promedio de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, según solicitud tarifaria de Metrogás de Colombia S. A. ESP. Así las cosas, el municipio de Floridablanca quedó incluido en dos mercados relevantes; 

  

Que la empresa Metrogás de Colombia S. A. ESP, definió explícitamente como su mercado relevante al municipio de Floridablanca, Santander; 

  

Que por las circunstancias expuestas se hace necesario corregir la citada resolución; 

  

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas en su sesión número 240 del 10 de agosto de 2004, acordó expedir la presente Resolución, 

  

RESUELVE: 

  


Artículo 1º. Modificar el artículo 1° de la Resolución CREG-021 de 2004, en el sentido de precisar que el mercado relevante de distribución y comercialización serán los municipios de Bucaramanga, Girón, Piedecuesta, Lebrija, Sabana de Torres y Puerto Wilches, en el departamento de Santander y los municipios de Cantagallo y San Pablo, en el departamento de Bolívar. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2º. Notificar personalmente el contenido de esta resolución a los representantes de las empresas Gases del Oriente S. A. ESP y Metrogás de Colombia S. A. ESP y hacerles saber que contra lo dispuesto en ella no procede recurso alguno por la vía gubernativa. 

  

Notifíquese, publíquese y cúmplase. 

  

Dada en Bogotá, D. C., a 10 de agosto de 2004. 

  

El Presidente, 

  

Manuel Maiguashca Olano, 

  

Viceministro de Minas y Energía, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Minas y Energía. 

  

La Directora Ejecutiva, 

  

Sandra Stella Fonseca Arenas. 

  

(C. F.)