DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXV. N. 44657. 6, AGOSTO, 1999. PÁG. 12.
INSTRUCCION ADMINISTRATIVA CONJUNTA 10
(junio 29)
Instruccion administrativa numero 010 de 1999
De: | DE: Superintendente de notariado y registro |
Para: | PARA: Notarios del país |
Asunto: | TEMA: Adición a la instrucción administrativa no. 03 de 1998 |
Lugar y Fecha: | FECHA: Junio 29 de 1999. |
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Señores Notarios:
Como complemento a la Instrucción Administrativa No. 03 de 1998, relacionada con la constitución de empresas de vigilancia y seguridad privada con armas, es necesario citar otros eventos en los cuales debe darse cumplimiento al artículo 9o. del Decreto Ley 356 de 1994, y en consecuencia protocolizarse, en la escritura de constitución de empresas que prestan servicios similares, la autorización previa de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, a saber:
1. Constitución de cooperativas de vigilancia y seguridad privada con armas (artículo 24, Decreto Ley 356 de 1994).
3. Constitución de escuelas de capacitación y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada (artículo 67, Decreto Ley 356 de 1994).
4. Constitución de empresas blindadoras (artículo 3o, Resolución No. 11099 del 22 de enero de 1999, Superintendencia de vigilancia y Seguridad Privada).
5. Constitución de empresas asesoras, consultoras e investigadoras en seguridad privada (artículo 5o Resolución No. 11102 del 22 de enero de 1999, Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
Cordial Saludo,
Superintendente de Notariado y Registro
Jose P. Esmeral Barros
(C.F.)