DIARIO OFICIAL. AÑO CXLVII. N. 48382. 24, MARZO, 2012. PÁG. 1.
INSTRUCCION ADMINISTRATIVA CONJUNTA 3
(marzo 06)
Implementación repositorio de poderes
De: | DE: Superintendente de Notariado y Registro |
Para: | PARA: Notarios de todos los círculos notariales |
Lugar y Fecha: | FECHA: 6 de marzo de 2012. |
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Señores Notarios:
Desde inicios del año 2008 la Superintendencia de Notariado y Registro ha liderado la implementación del proyecto de inversión para simplificación del trámite de transferencia de la propiedad inmueble denominado "Ventanilla Única de Registro VUR".
La implementación del Proyecto en cada ciudad requiere de un proceso de integración entre las diferentes entidades que participan de la cadena de trámite, notarías, alcaldía y gobernación, con el fin de lograr los objetivos propuestos, tales como la reducción de trámites y la seguridad en las transferencias de la propiedad inmobiliaria.
En la actualidad la Ventanilla Única de Registro - VUR, se encuentra funcionando en las ciudades de Bogotá, D. C., Barranquilla, Manizales y Valledupar, atendiendo un total de 97 notarías. El Proyecto se encuentra en la fase de expansión a otras ciudades, proceso que debe ser gradual y se ha establecido por planes anuales de expansión que se encuentran en ejecución.
Para la atención de las distintas necesidades que el funcionamiento de la Ventanilla Única de Registro demanda en cada una de las ciudades, se ha establecido un esquema de coordinadoras regionales y una Mesa de Ayuda en la ciudad de Bogotá, D. C.
El Gobierno Nacional, en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas por el parágrafo primero del artículo 75 de la Ley 1474 de 2011, expidió el Decreto-ley 019 de 2012, en cuyo inciso tercero del artículo 89, prevé la utilización de un repositorio de poderes a través de la Ventanilla Única de Registro, con el propósito de facilitar a los notarios la consulta de los poderes expedidos tanto en notarías como en consulados.
Al respecto, me permito informarles que se ha organizado una mesa de trabajo con la Unión Colegiada del Notariado Colombiano, a fin de establecer los requisitos tecnológicos y jurídicos del repositorio para proceder a la consecución de los recursos necesarios que posibiliten su funcionamiento.
En consecuencia, dada la imposibilidad tecnológica de poner en funcionamiento el repositorio de manera inmediata, me permito informarles que los poderes enviados a la Mesa de Ayuda de la Ventanilla Única de Registro, no tendrán la funcionalidad de consulta ni de repositorio prevista en el Decreto 019 de 2012.
Cordialmente,
El Superintendente de Notariado y Registro,
JORGE ENRIQUE VÉLEZ GARCÍA.