DIARIO OFICIAL CXXXIII. N. 43.172. 13, NOVIEMBRE, 1997. PÁG. 12
CIRCULAR EXTERNA 018
(octubre 31)
Solicitud de aprobación del estudio actuarial por pensiones de jubilación, bonos y títulos pensionales.
Para: | Señores Representantes legales Revisores Fiscales y Contadores Públicos Sociedades Comerciales |
Asunto: | Ref.: Solicitud de aprobación del estudio actuaría] por pensiones de jubilación, bonos y títulos pensiónales. |
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Con el propósito de agilizar los trámites relacionados con la aprobación del cálculo actuarial, es indispensable que a la solicitud de aprobación se le adjunten los siguientes documentos:
SOLICITUD DE APROBACIÓN
Solicitud suscrita por el Representante Legal de la sociedad informando además, Nit, domicilio, dirección, Administración regional de impuestos que le corresponde (aclarando si son grandes contribuyentes o no).
NOTA TÉCNICA
Original de la nota que sirvió de base para efectuar el estudio actuarial. Debe contener, además de los datos técnicos como el interés, la formulación matemática, la notación actuarial etc, el nombre, firma, identificación, profesión y número de matrícula (si la tuviere) de la persona natural que elaboró el estudio y responde por su contenido y validez.
LISTADO DE PERSONAL
Original del listado que contenga la parte básica del estudio debidamente clasificado por grupos, indicando nombre completo, estado civil, edad tanto del generante de la renta como del cónyuge y valor de la pensión total. En el evento de ser compartida, indicar el número de semanas cotizadas al ISS y monto de las alícuotas a cargo de dicho Instituto tanto por jubilación como por supervivencia. Finalmente presentar el valor de la renta matemática y resumen por grupos.
ANEXO EXPLICATIVO
Relación de los cambios que se suscitaron en el personal con respecto al año inmediatamente anterior, como por ejemplo: traslados de grupos, inclusiones o exclusiones de personal, variaciones diferentes a las normales en edades, valor de la mesada pensional etc.
CONVENCION COLECTIVA
Copia de la convención colectiva vigente a la fecha del estudio actuarial o de los pactos suscritos con los trabajadores. Igualmente, copia de los fallos o sentencias de los cuales se derivaron pensiones a favor de personal que no formaba parte de los estudios anteriores.
POLIZA RENOVADA
En el evento de que la sociedad hubiere contratado con una compañía de seguros el pago de las pensiones de jubilación deberá anexarse fotocopia de la póliza o de su renovación, con constancia del pago de la prima.
Esta circular modifica el punto 5 de la Circular Externa No. 11 del 31 de diciembre de 1996.
Cordialmente,
DARÍO LAGUADO MONSALVE
Superintendente de Sociedades