DIARIO OFICIAL. AÑO CXLI. N. 46130. 22, DICIEMBRE, 2005. PÁG. 16.
CIRCULAR EXTERNA 80
(diciembre 16)
Ventanilla Unica de Comercio Exterior, Vuce
Para: | Señores: Usuarios y Funcionarios Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. |
Asunto: | Asunto: Ventanilla Unica de Comercio Exterior, Vuce. |
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio. |
Para su conocimiento y aplicación me permito informarles que descongestionados los trámites relacionados con Licencia Previa, a partir del miércoles 21 de diciembre del presente año, estas solicitudes únicamente se efectuarán por medio de la Ventanilla Unica de Comercio Exterior, Vuce.
El Comité de Importaciones atenderá y evacuará las solicitudes de licencia previa de importación que hayan sido radicadas de manera física hasta dicha fecha.
Las solicitudes de registro de importación para el régimen de libre continuarán de acuerdo con lo determinado en la Circular 079 del pasado 30 de noviembre de 2005.
Cordialmente,
El Director de Comercio Exterior,
Rafael Antonio Torres Martín.
(C.F.)