DIARIO OFICIAL. AÑO CXLII. N. 45990. 4, AGOSTO, 2005. PÁG. 9.
CIRCULAR EXTERNA 57
(agosto 01)
Decreto 4149 de 2004. Aplicativo Vuce y Registro ante la ventanilla Unica de Comercio Exterior
Para: | Señores: Usuarios y Funcionarios del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. |
Asunto: | Asunto: Decreto 4149 de 2004. Aplicativo Vuce y Registro ante la ventanilla Unica de Comercio Exterior. |
Estado del documento: Derogado.[Mostrar] |
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Para su conocimiento y aplicación se informa que en desarrollo del Decreto 4149 de 2004 sobre racionalización y automatización de trámites de comercio exterior, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo tiene a disposición de los interesados el aplicativo VUCE para el módulo de importaciones. Así mismo, ha establecido el procedimiento a seguir para el registro de los usuarios de la Ventanilla Unica de Comercio Exterior en el Grupo Operativo Bogotá, Direcciones Territoriales o Puntos de Atención.
1. Registro de Sociedades de Intermediación Aduanera (SIA), Usuarios Aduaneros Permanentes (UAP), Usuarios Altamente Exportadores (ALTEX), Importadores que tramitan directamente sus licencias o registros de Importación, Exportadores que tramitan autorizaciones previas al embarque de las mercancías.
Estos usuarios deben cumplir con los siguientes requisitos:
• Obtener el certificado digital ante una entidad certificadora autorizada por la Superintendencia de Industria y Comercio.
• Registrar la llave digital (token) en línea.
• Informar al correo electrónico: registro@mincomercio.gov.co los siguientes datos:
* Número del RUT.
* Nombre de la Empresa.
* Nombre del Representante Legal de la Empresa.
* Dirección de correo electrónico para notificación del sistema.
* Número de teléfono, número de fax, dirección, ciudad del domicilio.
Se verificará que esta información coincida con la que aparece en el certificado digital de firma.
Las SIA o los apoderados especiales deberán enviar al Ministerio los documentos mediante los cuales los importadores o exportadores a quienes representan les otorgan el poder para la realización de los trámites ante la Ventanilla Unica de Comercio Exterior. 1
2. Registro de Importadores para consulta de registros radicados por las SIA o por apoderado especial.
Se clasifican en esta categoría las personas naturales o jurídicas que hacen el trámite de solicitud de licencia o registro de importación a través de una SIA o de un apoderado especial debidamente acreditado.
Para realizar su registro ante la VUCE, la persona natural, el Representante Legal o a quien se otorgue poder, debe acercarse al Grupo Operativo Bogotá, Direcciones Territoriales o Puntos de Atención, presentar el RUT y suministrar el número del RUT de la SIA o del apoderado especial que presentará sus trámites.
El funcionario del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo previa verificación de la información, creará un usuario en el sistema y le enviará un correo electrónico informándole el "usuario y la contraseña" para el acceso al sistema. La contraseña deberá ser cambiada por el importador por seguridad.
El usuario deberá firmar el documento de condiciones de uso y compromisos como usuario del sistema.
Con el usuario y la contraseña, el importador podrá consultar todas las solicitudes que radiquen a su nombre.
3. Registro de Importadores que realizan importaciones por valores inferiores a mil dólares.
Estos usuarios deberán presentarse al Grupo Operativo Bogotá, Direcciones Territoriales o Puntos de Atención de la Dirección de Comercio Exterior, con el propósito de registrarse ante el sistema para realizar la operación de solicitud de la licencia o registro de importación, con fotocopia de la cédula de ciudadanía.
El funcionario del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo previa verificación de la información, creará un usuario en el sistema y le enviará un correo electrónico informándole el "usuario y la contraseña" para el acceso al sistema. La contraseña deberá ser cambiada por el importador por seguridad.
El usuario firmará los siguientes documentos:
1. Documento de condiciones de uso como usuario del sistema.
2. Documento de establecimiento de responsabilidades y autorización al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo para asegurar las transacciones electrónicas realizadas como importador.
4. Venta del Aplicativo VUCE.
Los usuarios interesados en adquirir el Aplicativo VUCE deben adquirir previamente el Certificado Digital y consignar en efectivo o en cheque de gerencia, el equivalente a tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes en la cuenta corriente de Bancafé número 010992154, a nombre de Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - Dirección de Comercio Exterior.
Al día siguiente de haber realizado la consignación, podrán reclamarlo en el Grupo Operativo en Bogotá y en las demás ciudades, en las oficinas de las Direcciones Territoriales y Puntos de Atención de este Ministerio.
24210
Cordialmente,
Rafael Antonio Torres Martín,
Director de Comercio Exterior.
(C.F.)