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CIRCULAR EXTERNA352009200908 script var date = new Date(14/08/2009); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47445. 18, AGOSTO, 2009. PÁG. 4.MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMOCertificado de origen digital (COD-e) para exportaciónes a Chile - modificación circular 028 de 2009VigentefalsefalseComercio, Industria y TurismotrueASUNTO: CERTIFICADO DE ORIGEN DIGITAL (COD-e) PARA EXPORTACIONES A CHILE - MODIFICACIÓN CIRCULAR 028 DE 2009DE: DIRECCION DE COMERCIO EXTERIOR18/08/200918/08/2009FECHA: Bogotá, D. C., 14 de agosto de 20094744522PARA: USUARIOS Y FUNCIONARIOS MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47445. 18, AGOSTO, 2009. PÁG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

CIRCULAR EXTERNA 35

(agosto 14)

Certificado de origen digital (COD-e) para exportaciónes a Chile - modificación circular 028 de 2009

De:

DE: DIRECCION DE COMERCIO EXTERIOR

Para:

PARA: USUARIOS Y FUNCIONARIOS MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

Asunto:

ASUNTO: CERTIFICADO DE ORIGEN DIGITAL (COD-e) PARA EXPORTACIONES A CHILE - MODIFICACIÓN CIRCULAR 028 DE 2009

Lugar y Fecha:

FECHA: Bogotá, D. C., 14 de agosto de 2009

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.



Para su conocimiento y aplicación, de manera atenta se informa que teniendo en cuenta la solicitud del Gobierno Chileno, elevada mediante Oficio número 3262 del 13 de agosto de 2009, se ha propuesto para el próximo 1° de septiembre la fecha a partir de la cual empezará a operar el Procedimiento de Envío y Recepción de Certificados de Origen Digitales entre Colombia y Chile, de que trata la Circular 028 de 2009. 

  

Los Certificados de Origen que fueron expedidos con firma digital desde el 3 de agosto pasado, se imprimirán y firmarán por funcionario habilitado en el Grupo Operativo en Bogotá (Calle 28 N° 13 A-15, Piso 1°), donde pueden ser reclamados por los usuarios, informando el número de aprobación que les fue notificado por el Sistema VUCE. 

  

Los Certificados de Origen que se soliciten en el marco del Acuerdo de Libre Comercio Colombia-Chile, se expedirán en formato de papel y con firmas autógrafas hasta el 31 de agosto de 2009, y a partir del 1° de septiembre del presente año, los productos amparados en los Certificados de Origen emitidos en forma electrónica y firmados digitalmente, podrán acogerse a tratamiento arancelario preferencial. 

  

Los demás términos de la Circular 028 del 13 de julio de 2009 continúan vigentes. 

  

Cordial saludo, 

  

El Director de Comercio Exterior, 

  

Rafael Antonio Torres Martín