DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47631. 22, FEBRERO, 2010. PÁG. 3.
CIRCULAR EXTERNA 8
(febrero 17)
Resolución 0230 de 2010- Reglamento Técnico Para Llantas Neumáticas Nuevas y Reencauchadas.
De: | De: Dirección de Comercio Exterior. |
Para: | Para: Usuarios y funcionarios Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. |
Asunto: | Asunto: Resolución 0230 de 2010- Reglamento Técnico Para Llantas Neumáticas Nuevas y Reencauchadas. |
Lugar y Fecha: | Fecha: Bogotá, D. C., 17 de febrero de 2010. |
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio. |
Para su conocimiento y aplicación, de manera atenta se informa que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió la Resolución 0230 del 27 de enero de 2010, la cual modifica parcialmente el Reglamento Técnico para llantas neumáticas que se fabriquen, importen, se reencauchen y se comercialicen para uso en vehículos automotores y sus remolques, contenido en la Resolución 0481 del 4 de marzo de 2009.
La modificación del Reglamento Técnico obedece, entre otros, a la necesidad de separar las subpartidas arancelarias de las llantas neumáticas nuevas de las subpartidas correspondientes a llantas neumáticas reencauchadas que están sujetas a cumplir con dicho reglamento. Teniendo en cuenta que de acuerdo con el artículo 6° del Convenio de Complementación en el Sector Automotor no se permite la importación de llantas reencauchadas al territorio Colombiano, la presente circular se circunscribe a lo establecido por este Reglamento Técnico para el importador de las llantas neumáticas nuevas, de acuerdo con el siguiente cuadro:
LLANTAS NEUMATICAS NUEVAS:
SUBPARTIDA ARANCELARIA | DESCRIPCION ARANCEL DE ADUANAS | NOTA MARGINAL |
4011.10.10.00 | Neumáticos (llantas neumáticas) nuevos de caucho, del tipo de los utilizados en automóviles de turismo (incluidos los del tipo familiar. -break o station wagon"- y los de carreras), radiales. | Aplica para llanta neumática nueva para vehículos de pasajeros (incluidos los camperos). |
4011.10.90.00 | Los demás neumáticos (llantas neumaticas) nuevos de caucho, del tipo de los utilizados en automóviles de turismo (incluidos los del tipo familiar -"break" o "station wagon"- y los de carreras). | Aplica para llanta neumática nueva para vehículos de pasajeros (incluidos los camperos). |
4011.20.10.00 | Neumáticos (llantas neumáticas) nuevos de caucho, del tipo de los utilizados en autobuses o camiones, radiales. | |
4011.20.90.00 | Los demás neumáticos (llantas neumáticas) nuevos de caucho, del tipo de los utilizados en autobuses o camiones. | |
4011.69.00.00 | Los demás neumáticos (llantas neumáticas) nuevos de caucho, con altos relieves en formas de taco, ángulo o similares. | Aplica a llantas neumáticas nuevas para vehículos comerciales tales como tráiler, tractocamiones (tracto mulas) y otros vehículos de servicio múltiple en carretera, con altos relieves en forma de taco, ángulo o similares. |
4011.99.00.00 | Los demás neumáticos (llantas neumáticas) nuevos, de caucho. | Aplica a llantas neumáticas nuevas para vehículos comerciales tales como tráiler, tractocamiones (tracto mulas) y otros vehículos de servicio múltiple en carretera, diferentes a las anteriores. |
El artículo 2° de la Resolución 230 de 2010, modificó el artículo 9° de la Resolución 481 de 2009, en el sentido de indicar que los fabricantes en Colombia como los importadores de los productos sometidos al Reglamento Técnico deberán demostrar su cumplimiento a través de cualquiera de los siguientes documentos de conformidad: Certificado inicial de lote, Marca o sello de conformidad, Certificado de tipo o Declaración de Conformidad del Proveedor.
La Resolución 0230 comenzó a regir a partir del 4 de febrero del 2010, fecha de su publicación en el Diario Oficial número 47613 y modificó parcialmente la Resolución 0481 del 4 de marzo de 2009. La presente circular modifica en lo pertinente la Circular Externa 0013 del 27 de diciembre de 2009.
Cordialmente,
Rafael Antonio Torres Martín.