DIARIO OFICIAL. AÑO CXLV. N. 48004. 7, MARZO, 2011. PÁG. 1.
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CIRCULAR EXTERNA 7
(febrero 25)
Importación de reactivos - Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA
De: | DE: DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR |
Para: | PARA: USUARIOS Y FUNCIONARIOS MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO |
Asunto: | ASUNTO: IMPORTACIÓN DE REACTIVOS - INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS - INVIMA |
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio. |
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - Invima, con base en lo establecido por el Decreto 3770 de 2004, ha definido que los únicos reactivos a los cuales se les exige visto bueno de importación sanitario por parte de dicha entidad son los siguientes:
-- Reactivos de diagnóstico para exámenes de especímenes de origen humano.
-- Reactivos utilizados en estudios clínicos.
Como consecuencia de lo anterior y por solicitud de la mencionada entidad, se hace necesario modificar la Circular Externa 0075 del 29 de diciembre de 2006, expedida por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - Invima- y por la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, respecto a la medida de control tal y como se precisa en el siguiente cuadro:
| SubpartidaArancelaria | Descripción | Control | Nota Marginal |
| 3821000000 | Medios de cultivos preparados para el desarrollo de microorganismos. | RS o VB | RS aplica únicamente para reactivos de diagnóstico para exámenes de especímenes de origen humano y VB aplica para reactivos utilizados en estudios clínicos. |
| 3822003000 | Materiales de referencia certificados | RS o VB | RS aplica únicamente para reactivos de diagnóstico para exámenes de especímenes de origen humano y VB aplica para reactivos utilizados en estudios clínicos |
| 3822009000 | Reactivos de diagnóstico o de laboratorio sobre cualquier soporte y reactivos de diagnóstico o de laboratorio preparados, incluso sobre soporte excepto los de las partidas 3002 o 3006. | RS o VB | RS aplica únicamente para reactivos de diagnóstico para exámenes de especímenes de origen humano y VB aplica para reactivos utilizados en estudios clínicos |
Circular Externa 075 del 29 de diciembre de 2006.
Cordial saludo,
Luis Fernando Fuentes Ibarra.