ACUERDO31999199903 script var date = new Date(09/03/1999); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXXV. N. 43690. 4, SEPTIEMBRE, 1999. PÁG. 11.SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTROPor el cual se modifica el artículo 1° del Acuerdo número 002 del 2 de febrero de 1999VigentefalsefalseJusticia y del Derechotrue04/09/199904/09/1999436901111

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXV. N. 43690. 4, SEPTIEMBRE, 1999. PÁG. 11.

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

ACUERDO 3

(marzo 09)

Por el cual se modifica el artículo 1° del Acuerdo número 002 del 2 de febrero de 1999

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

El Consejo Superior de la Carrera Notarial, 

  

en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los artículos 164 y 165 del Decreto-ley 960 de 1970, 80 del Decreto 2148 de 1983 y por el Decreto 110 de 1999, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que corresponde al Consejo Superior de la Carrera Notarial determinar las bases del concurso para designar notarios en las notarías del país, convocado mediante el Acuerdo 001 del 18 de diciembre de 1998; 

  

Que mediante el Acuerdo 002 de 1999 del Consejo Superior de la Carrera Notarial se estableció la fecha del 10 de marzo de 1999 para divulgar la lista de notarios a proveer, el reglamento y las bases de concurso; 

  

Que el Consejo Superior de la Carrera Notarial ha discutido en varias sesiones los alcances y términos del concurso abierto para designar notarios en el país; 

  

Que se hace necesario ampliar el término a que se refiere el artículo 1º del Acuerdo 002 de 1999 del Consejo Superior de la Carrera Notarial hasta el 31 de marzo de 1999, por cuanto el proceso de discusión de las bases no ha concluido, 

  

ACUERDA: 

  


Artículo 1º. Modifícase el artículo 1º del Acuerdo 002 de 1999 del Consejo Superior de la Carrera Notarial en el sentido de ampliar el plazo para divulgar la lista de notarías a proveer, el reglamento y las bases del concurso, hasta el 30 de marzo de 1999. 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]


Artículo 2º.Vigencia y publicaciones. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y se publicará por una sola vez en un periódico de circulación nacional, dentro de los cinco días siguientes. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 9 de marzo de 1999. 

  

El Ministro de Justicia y del Derecho, Presidente del Consejo Superior de la Carrera 

  

Notarial, 

  

Parmenio Cuéllar Bastidas. 

  

(C.F)