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ACTO LEGISLATIVO22024202411 script var date = new Date(08/11/2024); document.write(date.getDate()); script falsefalseAño CLX No. 52.934 Edición de 74 páginas • Bogotá, D. C., viernes, 8 de noviembre de 2024 pag.4PRESIDENCIA DE LA REPUBLICApor el cual se modifica el inciso 1° del artículo 217 de la Constitución Política de Colombia, se cambia el nombre de la Fuerza Aérea por Fuerza Aeroespacial y se dictan otras disposiciones (Segunda vuelta).VigentefalseFuerza Aérea Colombiana|Fuerzas MilitaresfalsePresidencia de la RepúblicafalseFuerza publicafalsefalse08/11/202408/11/202408/11/20245293444

Año CLX No. 52.934 Edición de 74 páginas • Bogotá, D. C., viernes, 8 de noviembre de 2024 pag.4

ÍNDICE [Mostrar]

ACTO LEGISLATIVO 2 DE 2024

(noviembre 08)

por el cual se modifica el inciso 1° del artículo 217 de la Constitución Política de Colombia, se cambia el nombre de la Fuerza Aérea por Fuerza Aeroespacial y se dictan otras disposiciones (Segunda vuelta).

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Bogotá, D. C., 8 de noviembre de 2024 

  

Doctora 

  

ALBA VIVIANA LEÓN HERRERA 

  

Gerente General 

  

IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA 

  

Ciudad 

  

Asunto: Acto Legislativo 02 del 8 de noviembre de 2024. 

  

Apreciada señora gerente general de la Imprenta Nacional de Colombia: 

  

Por precisas instrucciones del señor Presidente de la República, teniendo en cuenta la solicitud del señor Secretario General (e) del Senado de la República, doctor Saúl Cruz Bonilla y de conformidad con las Sentencias C-222 del 29 de abril de 1997[1], C-543 del 1° de octubre de 1998[2], C-1000 del 12 de octubre de 2004[3], proferidas por la honorable Corte Constitucional y la Sentencia del 16 de septiembre de 2014[4] de la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del honorable Consejo de Estado, de manera atenta me permito remitir a usted, para publicación en el Diario Oficial, el texto del Proyecto de Acto Legislativo 21 de 2024 Senado - 444 de 2024 Cámara, por el cual se modifica el inciso 1° del artículo 217 de la Constitución Política de Colombia, se cambia el nombre de la Fuerza Aérea por Fuerza Aeroespacial y se dictan otras disposiciones - segunda vuelta

  

De usted, con el debido respeto, 

  

La Secretaria Jurídica, 

  

Paula Robledo Silva, 

  

Presidencia de la República, 

  

C. C 52387851, 

  

Tarjeta profesional número 107.045 del Consejo Superior de la Judicatura. 

  

Anexo: Acto Legislativo 02 del 8 de noviembre de 2024, en un (1) folio y un (1) folio vuelto. 

  

Copia simple del oficio remisorio SLE-CS-966-2024 del 6 de noviembre de 2024 dirigido al señor presidente de la República por el Secretario General (e) del Senado de la República, en un (1) folio y recibido en la Secretaría Jurídica el 7 de noviembre de 2024. 

  

ACTO LEGISLATIVO NÚMERO 02 DE 2024 

(noviembre 8) 

por el cual se modifica el inciso 1° del artículo 217 de la Constitución Política de Colombia, se cambia el nombre de la Fuerza Aérea por Fuerza Aeroespacial y se dictan otras disposiciones. 

El Congreso de Colombia, 

  

DECRETA: 


Artículo 1º. Modifíquese el inciso 1° del artículo 217 de la Constitución Política de Colombia, el cual quedará así: 

  

ARTICULO 217. La Nación tendrá para su defensa unas Fuerzas Militares permanentes constituidas por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aeroespacial. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2º. Tras la promulgación del presente Acto Legislativo, la normatividad en la que se hace referencia a la expresión “Fuerza Aérea” será entendida para todos los efectos como “Fuerza Aeroespacial”. 

  


Artículo 3°. Vigencia. El presente Acto Legislativo rige a partir de su promulgación. 

  

El Presidente del Honorable Senado de la República, 

  

Efraín José Cepeda Sarabia. 

  

  

El Secretario General (e) del Honorable Senado de la República, 

  

Saúl Cruz Bonilla. 

  

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes, 

  

Jaime Raúl Salamanca Torres. 

  

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes, 

  

Jaime Luis Lacouture Peñaloza. 

  

SLE-CS-966-2024 

  

Bogotá, D. C., 6 de noviembre de 2024 

  

Doctor 

  

GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO 

  

Presidente de la República 

  

  

Ciudad 

  

Señor Presidente: 

  

Acompañado de todos sus antecedentes y debidamente autorizado por el Doctor Efraín Cepeda Sarabia, Presidente del Senado de la República, de manera más atenta y de conformidad con el artículo 375 de la Constitución Política, me permito enviar en doble ejemplar, el expediente del Proyecto de Acto Legislativo número 21 de 2024 Senado - 444 de 2024 Cámara, por el cual se modifica el inciso 1° del artículo 217 de la Constitución Política de Colombia, se cambia el nombre de la Fuerza Aérea por Fuerza Aeroespacial y se dictan otras disposiciones - Segunda Vuelta. 

  

El mencionado Proyecto de Acto Legislativo fue considerado y aprobado en Primera Vuelta en sesión de la Comisión Primera el 23 de abril de 2024 y en Sesión Plenaria el 14 de mayo de 2024. En la Cámara de Representantes en Primera Vuelta en sesión de la Comisión Primera el 05 de junio de 2024 y en sesión Plenaria el 17 de junio de 2024. 

  

En segunda vuelta, en sesión de la Comisión Primera el 3 de septiembre de 2024 y en Sesión Plenaria el 25 de septiembre de 2024. En la Cámara de Representantes en Segunda Vuelta en sesión de la Comisión Primera el 17 de octubre de 2024 y en sesión Plenaria el 29 de octubre de 2024. 

  

Cordialmente, 

  

El Secretario General (e), 

  

Saúl Cruz Bonilla. 

  


  


[1] Colombia, Corte Constitucional, Sala Plena, Sentencia C-222 del 29 de abril de 1997, Magistrado Ponente José Gregario Hernández Galindo, Expediente: 0-1465. 

[2] Colombia, Corte Constitucional, Sala Plena, Sentencia C-543 del 1° de octubre de 1998, Magistrado Ponente Carlos Gaviria Díaz, Expedientes: D-1942, D-1948 y D-1957 (acumulados). 

[3] Colombia, Corte Constitucional, Sala Plena, Sentencia C-1000 del 12 de octubre de 2004, Magistrado Ponente Manuel José Cepeda Espinosa, Expediente: D-5143. 

[4] Colombia, Consejo de Estado, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, Sentencia del 16 de septiembre de 2014, Consejera Ponente María Claudia Rojas Lasso, radicación: 110010324000201200220 00.