ACUERDO102023202311 script var date = new Date(02/11/2023); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CLIX NO. 52.567 BOGOTÁ, D. C., 2 DE NOVIEMBRE DE 2023 PÁG. 925Instituto Nacional de Vías – Inviaspor el cual se efectúa una modificación al Anexo del Decreto de Liquidación en el Presupuesto de Gastos de inversión del Instituto Nacional de Vías, de la actual vigencia fiscal 2023.falsefalseTransportefalsefalsefalse02/11/202302/11/202302/11/202352567925925

DIARIO OFICIAL. AÑO CLIX NO. 52.567 BOGOTÁ, D. C., 2 DE NOVIEMBRE DE 2023 PÁG. 925

ACUERDO 10

(noviembre 02)

por el cual se efectúa una modificación al Anexo del Decreto de Liquidación en el Presupuesto de Gastos de inversión del Instituto Nacional de Vías, de la actual vigencia fiscal 2023.

[Mostrar]

El Consejo Directivo del Instituto Nacional de Vías,  

  

en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 6°, numeral 6.7 del Decreto número 1292 de 2021, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.8.1.5.6 del Decreto número 1068 del 26 de mayo de 2015, modificado por el artículo 8° del Decreto número 412 del 2 de marzo de 2018, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el Congreso de la República expidió la Ley 2276 del 29 de noviembre de 2022, por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2023. 

  

Que mediante el Decreto número 2590 del 23 de diciembre de 2022, por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos, se establecieron las apropiaciones presupuestales para inversión del Instituto Nacional de Vías. 

  

Que el artículo 2.8.1.5.6. del Decreto número 1068 de 2015, modificado por el artículo 8°, Decreto Nacional número 412 de 2018, establece: 

  

“Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso de la República, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso de no existir aquellas. 

  

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuestales contenidas en las resoluciones o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación. 

  

Si se trata de gastos de inversión, la aprobación requerirá previo concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación- Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas sobre las operaciones presupuestales contenidas en los proyectos de resoluciones o acuerdos y verificación del registro de las solicitudes en el Sistema Unificado de Inversión y Finanzas Públicas (SUIFP). (…)”. 

  

Que con la Resolución número 0001 del 2 de enero de 2023, se incorporó el presupuesto de ingresos y gastos del Instituto Nacional de Vías para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2023. 

  

Que, la Gerencia de Seguimiento y Control de Proyectos de la Dirección de Ejecución y Operación del Invías con Memorando número DEO-GSC 49277 del 30 de junio de 2023, solicitó realizar un traslado presupuestal del rubro C-2401-0600-80 “Construcción, mejoramiento y mantenimiento de la carretera Altamira - Florencia. Huila, Caquetá” a los rubros C-2401-0600-117 “Construcción, mejoramiento y mantenimiento de la carretera Popayán (Crucero) - Totoró - Guadualejo - Puerto Valencia - La Plata - Laberinto y alternas de la transversal Huila, Cauca” y C-2401-0600-125 “Construcción, mejoramiento y mantenimiento de la carretera La Espriella - Río Mataje-conexión transversal Tumaco Leticia y el Ecuador en el departamento de Nariño” con la correspondiente justificación. 

  

Que, la Coordinadora del Grupo de Presupuesto e Ingresos del Instituto Nacional de Vías, expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal Tipo Modificación presupuestal número 523 del 11 de julio de 2023 por la suma de seis mil novecientos millones de pesos ($6.900.000.000,00) moneda corriente. 

  

Que la Dirección de Programación de Inversiones Públicas del Departamento Nacional de Planeación (DNP), mediante Oficio número 20234300001966 del primero de septiembre de 2023, emitió concepto favorable sobre el Traslado de recursos por seis mil novecientos millones de pesos ($6.900.000.000,00) moneda corriente en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Invías. 

  

Que en reunión ordinaria presencial celebrada el 20 de octubre de 2023, el Consejo Directivo de Invías aprobó realizar una modificación al anexo del Decreto de Liquidación en el Presupuesto de Gastos de Inversión por valor de seis mil novecientos millones de pesos ($6.900.000.000,00) moneda corriente. 

  

En mérito de lo expuesto acuerda, 

  

ACUERDA 


Artículo 1°. Efectuar la siguiente modificación al anexo del Decreto de Liquidación, en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Instituto Nacional de Vías, de la actual vigencia fiscal, según el siguiente detalle: 

  

C.- PRESUPUESTO DE INVERSIÓN 

  

  

 

  


Artículo 2°. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, y requiere para su validez de la aprobación de la operación presupuestal por parte de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 

  

  

Comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 1° de noviembre de 2023. 

  

El Presidente, 

  

William Fernando Camargo Triana. 

  

La Secretaria, 

  

Márgareth Sofía Silva Montaña. 

  

(C. F.).