DIARIO OFICIAL AÑO CLIX NO. 52.564 BOGOTÁ, D. C., LUNES, 30 DE OCTUBRE DE 2023. PAG 35
ACUERDO 4
(agosto 23)
Por el cual se efectúa la modificación al Anexo del Decreto de Liquidación en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Invima para la vigencia fiscal 2023.
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EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS (INVIMA),
En uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 2.8.1.5.6 del Decreto número 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, y en desarrollo del numeral 1 y 6 del artículo 9° del Decreto número 2078 de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto número 2590 de 2022 “por el cual se liquida el presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos”, se establecieron las apropiaciones presupuestales para funcionamiento, servicio de la deuda e inversión del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima).
Que el artículo 2.8.1.5.6. del Decreto número 1068 de 2015 establece:
“…las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso de la República, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por Resolución del Representante Legal en caso de no existir aquellas”.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General del Presupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuestales contenidas en las resoluciones o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) Nación.
Si se trata de gastos de inversión, la aprobación requerirá previo concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación- Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas-sobre las operaciones presupuestales contenidas en los proyectos de resoluciones o acuerdos y verificación del registro de las solicitudes en el Sistema Unificado de Inversión y Finanzas Públicas (SUIFP)…”.
Que la Dirección General del Instituto presentó a consideración y aprobación del Consejo Directivo, en la sesión ordinaria presencial llevada a cabo el día veintitrés (23) de agosto de 2023, un traslado presupuestal entre proyectos de inversión por un valor de dos mil ochocientos setenta y nueve millones trescientos treinta mil setecientos cuatro pesos ($2.879.330.704), con el objetivo de soportar el desarrollo de las actividades derivadas de las acciones de inspección, vigilancia y control, se identifica la necesidad de realizar un trámite de vigencia futura para adelantar nuevos contratos para las vigencias 2023-2026 a través de los cuales se busca “prestar el servicio de transporte de personal, transporte de muestras, almacenamiento y destrucción de productos objeto de medida sanitaria, con el fin de ejecutar las actividades competencia del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima)”; “Prestar servicio especializado que ofrezca el servicio integral archivístico y documental” y “Prestar servicio integral de soporte tecnológico y comunicaciones”.
Que, para amparar el citado traslado presupuestal, la Doctora Mariela Pardo Corredor, en su calidad de secretaria general del Invima, expidió el certificado de Disponibilidad Presupuestal número 323 del 11 de agosto de 2023 por valor de $2.879.330.704.
Que, para la actuación administrativa ante este órgano de dirección, la Dirección General del Instituto presentó los documentos de sustentación y justificación a los miembros del Consejo Directivo.
Que, los miembros del Consejo Directivo en sesión ordinaria presencial del 23 de agosto de 2023 realizaron la respectiva votación, y por unanimidad aprobaron la modificación al Anexo del Decreto de Liquidación, en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Invima para la Vigencia Fiscal 2023, por un valor de dos mil ochocientos setenta y nueve millones trescientos treinta mil setecientos cuatro pesos ($2.879.330.704).
En mérito de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Aprobar la siguiente modificación al Anexo del Decreto de Liquidación, en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Invima para la Vigencia Fiscal 2023, así:
Programa | Sub-Programa | Proyecto | Rec | Sit | Descripción | Contracrédito | Crédito |
1903 | 300 | 7 | 21 | CSF | Fortalecimiento de la inspección | 2.283.446.753,00 | - |
1903 | 300 | 11 | 21 | CSF | Mejoramiento de la capacidad | - | 2.283.446.753,00 |
1999 | 300 | 6 | 20 | CSF | Fortalecimiento Institucional | 595.883.951,00 | - |
1999 | 300 | 7 | 20 | CSF | Mejoramiento institucional | - | 189.500.000,00 |
1999 | 300 | 8 | 20 | CSF | Fortalecimiento de la infraestructura | - | 406.383.951,00 |
TOTAL | 2.879.330.704,00 | 2.879.330.704,00 |
Artículo 2°. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, y requiere para su validez de la aprobación de la operación presupuestal por parte de la Dirección de Programación de Inversiones Públicas del Departamento Nacional de Planeación y de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de agosto de 2023.
El Presidente del Consejo Directivo,
Jaime Hernán Urrego Rodríguez.
La Secretaria del Consejo Directivo,
Mariela Pardo Corredor.
(C. F).