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RESOLUCION25292023202310 script var date = new Date(06/10/2023); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL AÑO CLIX No. 52.543, 9 DE OCTUBRE DE 2023. PAG 7.MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICOpor la cual se efectúa una distribución en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2023.falsefalseHacienda y Crédito Públicofalsefalsefalse09/10/202306/10/202309/10/20235254377

DIARIO OFICIAL AÑO CLIX No. 52.543, 9 DE OCTUBRE DE 2023. PAG 7.

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 2529 DE 2023

(octubre 06)

por la cual se efectúa una distribución en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2023.

[Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 19 de la Ley 2276 de 2022 y 19 del Decreto 2590 de 2022, y 

CONSIDERANDO: 

  

Que los artículos 19 de la Ley 2276 de 2022 y 19 del Decreto 2590 de 2022, disponen que: “Se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o consejos directivos. Si no existen juntas o consejos directivos, lo hará el representante legal de estos. Estas operaciones presupuestales se someterán a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, y tratándose de gastos de inversión, requerirán el concepto previo favorable del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Inversión y Finanzas Públicas (...). A fin de evitar duplicaciones en los casos en los cuales la distribución afecte el presupuesto de otro órgano que haga parte del Presupuesto General de la Nación, el mismo acto administrativo servirá de base para realizar los ajustes correspondientes en el órgano que distribuye e incorporar tas del órgano receptor. La ejecución presupuestal de estas deberá efectuarse por parte de los órganos receptores en la misma vigencia de la distribución (...)”. 

  

Que en la Sección 1301-01 Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Gestión General, existen recursos en la Cuenta 03 Transferencias Corrientes, Subcuenta 03 A Entidades del Gobierno, Objeto del Gasto 01 A Órganos del PGN, Ordinal 999 Otras Transferencias - Distribución Previo Concepto DGPPN, Otros Recursos del Tesoro 11, que por estar libres y disponibles pueden ser distribuidos. 

  

Que el jefe de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 6523 del 28 de septiembre de 2023, por valor de doscientos mil millones de pesos moneda corriente ($200.000.000.000), 

  

Que, de acuerdo con lo expuesto, 

  

RESUELVE


Artículo 1°. Distribución. Efectuar la siguiente distribución en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal 2023, así: 

  

DISTRIBUCIÓN 

  

CONTRACRÉDITO 

  

SECCIÓN 1301 

  

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO 

  

UNIDAD 1301-01 GESTIÓN GENERAL 

  

PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 

  

RECURSO 11 - CSF 

  

 

  

DISTRIBUCIÓN: 

  

CRÉDITO 

  

SECCIÓN 370800 

  

UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN (UNP) 

  

PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 

  

RECURSO 11 - CSF 

  

 

  


Artículo 2°. Vigencia. La presente resolución, rige a partir de la fecha de su publicación y requiere para su validez de la aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional. 

  

Publíquese, comuníquese y cúmplase. 

  

Dada en Bogotá, D. C., a 6 de octubre de 2023. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Ricardo Bonilla González. 

  

APROBADO: 

  

La Directora General del Presupuesto Público Nacional, 

  

Claudia Marcela Numa Páez.