Año CLIX No. 52.410 Edición de 126 páginas • Bogotá, D. C., lunes, 29 de mayo de 2023 página 122
CIRCULAR 12757000004892
(mayo 29)
De: | Director de Gestión de Aduanas |
Para: | Funcionarios de la DIAN, importadores y demás usuarios del Comercio Exterior |
Asunto: | Gravámenes ad valórem aplicables a productos agropecuarios de referencia, sus sustitutos, productos agroindustriales o subproductos. |
Lugar y Fecha: | BOGOTÁ. D.C., 29/05/2023 |
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En cumplimiento de las disposiciones del Sistema Andino de las Franjas de Precios Agropecuarios (SAFP), según las Decisiones de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, las Resoluciones emanadas de la Junta de la Comunidad Andina y demás normatividad
vigente, me permito informarles los Aranceles Totales para los productos marcadores, sus sustitutos, productos agroindustriales o subproductos señalados en dichas Normas.
Los valores señalados corresponden al arancel total aplicable a las importaciones procedentes de terceros países, acorde con el Decreto número 547 del 31 de marzo de 1995 y sus modificaciones, por tanto, no considera las preferencias arancelarias concedidas en virtud de acuerdos comerciales suscritos por Colombia.