Diario Oficial Año CLVIII No. 52.376 25 de abril de 2023 Pag 8
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RESOLUCIÓN 533 DE 2021
(marzo 02)
Por la cual se incorporan en el presupuesto del bienio 2021-2022 los recursos asignados al Departamento Nacional de Planeación como administrador del Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control del Sistema General de Regalías.
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El Director General del Departamento Nacional De Planeación, En uso de las facultades legales, en especial las que le confieren el artículo 141 de la Ley 2056 de 2020 y el artículo 2.1.1.3.6 del Decreto 1821 de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 2056 del 30 de septiembre del 2020 “por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías” dispuso en el artículo 141, inciso segundo que cada uno de los órganos y entidades que integran el Sistema General de Regalías dispondrán de una sección presupuestal a través de la cual se incorporarán las apropiaciones para el ejercicio de las funciones que estos ejerzan en el marco del Sistema, acorde con la asignación establecida en la Constitución Política y en la citada ley.
Que el artículo 22 de la Ley 2056 de 2020, asigna el 1% de los recursos del Sistema General de Regalías para la operatividad del Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control. Que, de acuerdo con lo anterior, el artículo 167 de la ley misma ley establece que hasta 0.4 puntos porcentuales se asignará al Departamento Nacional de planeación para el ejercicio de las funciones de seguimiento, evaluación y control.
Que, la ley 2072 del 31 de diciembre de 2020 “Por la cual se decreta el Presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1° de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022”, en el artículo 3, asignó al Departamento Nacional de Planeación la suma de sesenta y un mil setecientos diez millones trescientos noventa mil doscientos ochenta y un pesos ($61.710.390.281) moneda corriente.
Que el Artículo 2.1.1.5.2 del Decreto 1821 del 31 de diciembre de 2021 estableció “Límites para el uso de los recursos del Sistema General de Regalías. Expedido el Presupuesto del Sistema General de Regalías, las instancias competentes, podrán aprobar proyectos de inversión hasta por el 80% de las apropiaciones presupuesta les de ingresos corrientes asignadas.
El límite para el uso de los recursos señalado en el presente artículo también aplicará a las asignaciones presupuestales de ingresos corrientes que se asignen en virtud de los artículos 12 y 167 de la Ley 2056 de 2020, una vez se expida el presupuesto bienal del Sistema General de Regalías.
El 20% restante de las apropiaciones presupuestales de ingresos corrientes asignadas podrá ser utilizado una vez la Comisión Rectora determine que la proyección de recursos contenida en el presupuesto será compatible con el comportamiento del recaudo, en el tercer semestre de la respectiva bienalidad.”
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Incorporar los recursos asignados al Departamento Nacional de Planeación como administrador del Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control, - sección presupuestal 01-030100, la suma de: Sesenta y un mil setecientos diez millones trescientos noventa mil doscientos ochenta y un pesos ($61.710.390.281) moneda corriente.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 2 de marzo de 2021.
El Director Departamento Nacional de Planeación,
Luis Alberto Rodríguez Ospino.