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RESOLUCION32023202303 script var date = new Date(09/03/2023); document.write(date.getDate()); script falsefalseDiario Oficial Año CLVIII No. 52.337 15 de marzo de 2023 Pag 1MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICOpor la cual se corrigen unos recursos y sus correspondientes códigos en el anexo del Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2023.falsefalseHacienda y Crédito Públicofalsefalsefalse15/03/202303/09/20235233711

Diario Oficial Año CLVIII No. 52.337 15 de marzo de 2023 Pag 1

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 3 DE 2023

(marzo 09)

por la cual se corrigen unos recursos y sus correspondientes códigos en el anexo del Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2023.

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Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


La Dirección General del Presupuesto Público Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 2.8.1.5.3. del Decreto número 1068 de 2015, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el Presidente de la República de Colombia en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, expidió el Decreto número 2590 del 23 de diciembre de 2022, por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos

  

Que de conformidad con el artículo 2.8.1.5.3. del Decreto número 1068 de 2015, los recursos y sus correspondientes códigos de identificación que aparecen con los clasificadores en el Decreto de liquidación y sus anexos son de carácter estrictamente informativo, por lo tanto, la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá corregirlos, siempre que no se afecte el presupuesto de ingresos; 

  

Que el artículo 4° del Decreto número 2590 de 2022 establece que la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público conceptuará previamente sobre las solicitudes de modificación a fuentes de financiación cuando se trate de recursos de crédito de las diferentes apropiaciones que se detallen en el anexo del Decreto de liquidación, siempre y cuando no modifiquen los montos aprobados por el Congreso de la República en la ley anual; 

  

Que se requiere precisar unos códigos a unas fuentes de financiación en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la Procuraduría General de la Nación que no afecta el presupuesto de ingresos y sobre el cual el Departamento Nacional de Planeación y la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional conceptuaron favorablemente sobre estas operaciones en sus comunicaciones número 20234340000036 del 8 de febrero de 2023 y número 2-2023-009903 del 1° de marzo de 2023, respectivamente; 

  

Que para la correcta ejecución se hace indispensable efectuar las correcciones de recursos necesarias, en concordancia con las normas citadas; 

  

RESUELVE: 


Artículo 1°. Cambio de Recurso. Efectuar las siguientes correcciones a los recursos y sus correspondientes códigos de identificación que aparecen con carácter informativo en el anexo del Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2023. 

 

 


Artículo 2°. Vigencia y derogatoria. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese, comuníquese y cúmplase. 

  

  

Dada en Bogotá, D. C., a 9 de marzo de 2023. 

  

  

La Directora General del Presupuesto Público Nacional, 

  

Claudia Marcela Numa Páez.